Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2023040095)
Decreto 53/2023, de 17 de mayo, por el que se modifica el Decreto 144/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos municipales, distintos de los biorresiduos, recogidos separadamente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - "Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU".
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NÚMERO 97
Martes 23 de mayo de 2023
31761
del sistema de transferencia de grandes archivos de la Junta de Extremadura (SEGAX),
solicitando su subida, una vez realizado el registro electrónico de la solicitud, a través del
correo electrónico: exp.sostenibilidad@juntaex.es.
Si la documentación exigida para la tramitación ya obrara en poder de la Administración
Pública, el solicitante podrá acogerse a lo dispuesto en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
y en el artículo 25 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación ad
ministrativa de Extremadura, y no estará obligado a presentar la documentación siempre
que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en
su caso, emitidos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización
del procedimiento al que correspondan.
3. S
e consultarán de oficio los datos siguientes, salvo que conste en el procedimiento la
oposición expresa del interesado o, excepcionalmente, no pudieran ser recabados por
no estar habilitados los mecanismos de transmisión de datos entre administraciones, en
cuyo caso podrá solicitarse al interesado su aportación:
a) Poder del representante, que, si hubiera sido elevado a publicado se indicará, en el
formulario de solicitud, dentro del apartado correspondiente, el Código Seguro de
Verificación (CSV) lo que autorizará al órgano gestor para su comprobación de oficio
solo si han sido otorgados con posterioridad al 5/07/2014. Si el solicitante se opone,
deberá marcar la casilla correspondiente en el anexo I, debiendo, en consecuencia,
aportar el documento junto a la solicitud.
b) Resoluciones o solicitudes de otras ayudas para este mismo proyecto.
c) Inscripción en el registro de gestores de residuos.
d) Situación de las autorizaciones ambientales pertinentes.
4. L
a justificación de estar al corriente en las obligaciones tributarias, con la seguridad so
cial y no tener deudas con la Hacienda Autonómica será consultada o recabada de oficio
por la Administración, siempre que conste en el procedimiento la autorización expresa
del interesado. En otro caso, el interesado deberá presentar las certificaciones corres
pondientes, que tendrán validez durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha
de expedición, salvo que reglamentariamente se establezca otro plazo”.
Martes 23 de mayo de 2023
31761
del sistema de transferencia de grandes archivos de la Junta de Extremadura (SEGAX),
solicitando su subida, una vez realizado el registro electrónico de la solicitud, a través del
correo electrónico: exp.sostenibilidad@juntaex.es.
Si la documentación exigida para la tramitación ya obrara en poder de la Administración
Pública, el solicitante podrá acogerse a lo dispuesto en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
y en el artículo 25 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación ad
ministrativa de Extremadura, y no estará obligado a presentar la documentación siempre
que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en
su caso, emitidos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización
del procedimiento al que correspondan.
3. S
e consultarán de oficio los datos siguientes, salvo que conste en el procedimiento la
oposición expresa del interesado o, excepcionalmente, no pudieran ser recabados por
no estar habilitados los mecanismos de transmisión de datos entre administraciones, en
cuyo caso podrá solicitarse al interesado su aportación:
a) Poder del representante, que, si hubiera sido elevado a publicado se indicará, en el
formulario de solicitud, dentro del apartado correspondiente, el Código Seguro de
Verificación (CSV) lo que autorizará al órgano gestor para su comprobación de oficio
solo si han sido otorgados con posterioridad al 5/07/2014. Si el solicitante se opone,
deberá marcar la casilla correspondiente en el anexo I, debiendo, en consecuencia,
aportar el documento junto a la solicitud.
b) Resoluciones o solicitudes de otras ayudas para este mismo proyecto.
c) Inscripción en el registro de gestores de residuos.
d) Situación de las autorizaciones ambientales pertinentes.
4. L
a justificación de estar al corriente en las obligaciones tributarias, con la seguridad so
cial y no tener deudas con la Hacienda Autonómica será consultada o recabada de oficio
por la Administración, siempre que conste en el procedimiento la autorización expresa
del interesado. En otro caso, el interesado deberá presentar las certificaciones corres
pondientes, que tendrán validez durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha
de expedición, salvo que reglamentariamente se establezca otro plazo”.