Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sequías. Medidas Excepcionales. (2023DE0003)
Decreto-ley 3/2023, de 17 de mayo, por el que se regulan ayudas temporales excepcionales a titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía.
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NÚMERO 96
Lunes 22 de mayo de 2023

31561

g) Serán considerados “circulante” los bienes adquiridos que se esperan consumir dentro
del ciclo normal de las operaciones de la explotación agrícola o ganadera.
h) S
 e entenderá por Solicitud Única: la presentada al amparo de la Resolución de 27 de
febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan, para la campaña
2023/2024, los pagos directos asociados, ayuda básica a la renta para la sostenibilidad,
la ayuda complementaria a la renta para la sostenibilidad, la ayuda complementaria a
la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agricultoras y regímenes en favor del clima y de medio ambiente (eco-regímenes), los pagos directos asociados a las personas
agricultoras y a las personas ganaderas, los pagos establecidos en función del Programa
de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Extremadura y las ayudas y pago de
primera anualidad de determinadas intervenciones recogidas en el Plan Estratégico de
la PAC 2023-2027.
3. Financiación de las ayudas.
La previsión de ayudas comprendidas en este Capítulo VI será de 20.908.747,00 €, con
cargo a la aplicación presupuestaria 120020000 G/312B/47000 CAG0000001, Proyecto
20150107 “Medidas para la financiación del sector agrario”, de acuerdo con el siguiente
desglose por anualidad:
— Año 1: 2024 (Carencia): ............................. 6.969.582,00 euros.
— Año 2: 2025: ............................................ 6.969.582,00 euros.
— Año 3: 2026: ............................................ 4.646.389,00 euros.
— Año 4: 2027: ............................................ 2.323.194,00 euros.
4. Personas beneficiarias.
1. P
 odrán ser reconocidas como personas beneficiarias:


a) Las personas titulares de explotaciones agrícolas de cereal de secano inscritas en el
Registro de Explotaciones Agrarias de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio a fecha fin de plazo de la Solicitud Única 2023, establecido en
la Disposición transitoria única del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos
y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la
Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de
gestión y control y que estén reconocidas como ATP (agricultor a título principal) o
tengan reconocida la condición de explotación agraria prioritaria a dicha fecha.