Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sequías. Medidas Excepcionales. (2023DE0003)
Decreto-ley 3/2023, de 17 de mayo, por el que se regulan ayudas temporales excepcionales a titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía.
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NÚMERO 96
31551
Lunes 22 de mayo de 2023
biles desde la publicación de la relación provisional de personas beneficiarias en el portal
Web Juntaex https://www.juntaex.es/temas/agricultura-ganaderia/gestion-agricola.
7. Las subvenciones serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos
para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o
privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismo internacionales, con respeto a
las condiciones y límites de la acumulación establecidos en el artículo 5 del Reglamento
(UE) 1408/2013.
8. A
efectos de esta ayuda se entenderá por Solicitud Única la presentada al amparo de la
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan,
para la campaña 2023/2024, los pagos directos asociados, ayuda básica a la renta para la
sostenibilidad, la ayuda complementaria a la renta para la sostenibilidad, la ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agricultoras y regímenes en
favor del clima y de medio ambiente (eco-regímenes), los pagos directos asociados a las
personas agricultoras y a las personas ganaderas, los pagos establecidos en función del
Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Extremadura y las ayudas y
pago de primera anualidad de determinadas intervenciones recogidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
CAPITULO III
Ayudas directas al sector apícola
Artículo 3. Ayudas directas a la apicultura.
1. Objeto.
Se regula la ayuda al sector apícola establecida en el artículo 5 del Real Decreto-ley 4/2023,
de 11 de mayo, así como la ayuda complementaria de esta Comunidad Autónoma a las explotaciones apícolas ubicadas en su territorio afectadas por la sequía meteorológica y por
la situación de incremento de costes de producción que cumplan los requisitos establecidos
posteriormente.
2. Dotación presupuestaria y financiación de las ayudas.
a) Se aprueba un crédito extraordinario de acuerdo con el artículo 75.a de la Ley 5/2007,
de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, por importe 3.998.750
euros en el presupuesto de la Sección 12 “Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio”, Servicio 004 “Dirección General de Política Agraria Comunita-
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Lunes 22 de mayo de 2023
biles desde la publicación de la relación provisional de personas beneficiarias en el portal
Web Juntaex https://www.juntaex.es/temas/agricultura-ganaderia/gestion-agricola.
7. Las subvenciones serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos
para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o
privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismo internacionales, con respeto a
las condiciones y límites de la acumulación establecidos en el artículo 5 del Reglamento
(UE) 1408/2013.
8. A
efectos de esta ayuda se entenderá por Solicitud Única la presentada al amparo de la
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan,
para la campaña 2023/2024, los pagos directos asociados, ayuda básica a la renta para la
sostenibilidad, la ayuda complementaria a la renta para la sostenibilidad, la ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agricultoras y regímenes en
favor del clima y de medio ambiente (eco-regímenes), los pagos directos asociados a las
personas agricultoras y a las personas ganaderas, los pagos establecidos en función del
Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Extremadura y las ayudas y
pago de primera anualidad de determinadas intervenciones recogidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
CAPITULO III
Ayudas directas al sector apícola
Artículo 3. Ayudas directas a la apicultura.
1. Objeto.
Se regula la ayuda al sector apícola establecida en el artículo 5 del Real Decreto-ley 4/2023,
de 11 de mayo, así como la ayuda complementaria de esta Comunidad Autónoma a las explotaciones apícolas ubicadas en su territorio afectadas por la sequía meteorológica y por
la situación de incremento de costes de producción que cumplan los requisitos establecidos
posteriormente.
2. Dotación presupuestaria y financiación de las ayudas.
a) Se aprueba un crédito extraordinario de acuerdo con el artículo 75.a de la Ley 5/2007,
de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, por importe 3.998.750
euros en el presupuesto de la Sección 12 “Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio”, Servicio 004 “Dirección General de Política Agraria Comunita-