Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Regadíos. Ayudas. (2023061828)
Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas a la implantación de sistemas de riego que promuevan el uso eficiente del agua y la energía en las explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 94
Jueves 18 de mayo de 2023
31270
20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Esta convocatoria será también objeto de publicación en la sede electrónica corporativa de la Junta de
Extremadura, dentro del Portal de Subvenciones, y en el Portal de la Transparencia, en los
términos previstos en el artículo 17 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y artículo 11.1
de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
Asimismo, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones se publicará, en el Diario
Oficial de Extremadura (DOE), un extracto de la convocatoria de ayuda, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 17.3.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y, de conformidad con el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, es obligada la publicidad de la
convocatoria a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a cuyo efecto deberá
tramitarse oportunamente la convocatoria ante la misma y posteriormente publicar en el
Diario Oficial de Extremadura, además de la resolución de convocatoria, el preceptivo extracto mencionado, en la forma que se determina en el mencionado artículo 16.q).
2. L
a concesión de las subvenciones previstas en esta resolución se tramitará en régimen de
concurrencia competitiva y convocatoria periódica teniendo en cuenta lo establecido en el
artículo 22.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.
3. L
a concesión de las ayudas se efectuará mediante la valoración de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación en las mismas, de acuerdo con los criterios de
valoración fijados en esta misma resolución y las disponibilidades presupuestarias.
Séptimo. Plazo y forma de presentación de las solicitudes.
1. L
a solicitud se cumplimentará preferentemente a través de Internet, en el portal oficial de
la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura: https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login o bien mediante el correspondiente
modelo normalizado publicado en la convocatoria, conforme al anexo II y que estará disposición de las personas solicitantes en la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio en la siguiente dirección: https://www.juntaex.es/web/juntaex/buscador.
Las personas o entidades solicitantes utilizarán las claves personales que les han sido suministradas para el acceso a la plataforma de confección de solicitudes Arado. Igualmente,
a través de las Oficinas Comarcales Agrarias (OCAS) se facilitará la acreditación informática a los representantes (agentes auxiliares) que vayan a colaborar con los mismos en la
formulación de la solicitud, así como las claves personales a aquellos administrados que
las soliciten de nuevo.
Jueves 18 de mayo de 2023
31270
20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Esta convocatoria será también objeto de publicación en la sede electrónica corporativa de la Junta de
Extremadura, dentro del Portal de Subvenciones, y en el Portal de la Transparencia, en los
términos previstos en el artículo 17 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y artículo 11.1
de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
Asimismo, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones se publicará, en el Diario
Oficial de Extremadura (DOE), un extracto de la convocatoria de ayuda, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 17.3.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y, de conformidad con el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, es obligada la publicidad de la
convocatoria a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a cuyo efecto deberá
tramitarse oportunamente la convocatoria ante la misma y posteriormente publicar en el
Diario Oficial de Extremadura, además de la resolución de convocatoria, el preceptivo extracto mencionado, en la forma que se determina en el mencionado artículo 16.q).
2. L
a concesión de las subvenciones previstas en esta resolución se tramitará en régimen de
concurrencia competitiva y convocatoria periódica teniendo en cuenta lo establecido en el
artículo 22.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.
3. L
a concesión de las ayudas se efectuará mediante la valoración de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación en las mismas, de acuerdo con los criterios de
valoración fijados en esta misma resolución y las disponibilidades presupuestarias.
Séptimo. Plazo y forma de presentación de las solicitudes.
1. L
a solicitud se cumplimentará preferentemente a través de Internet, en el portal oficial de
la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura: https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login o bien mediante el correspondiente
modelo normalizado publicado en la convocatoria, conforme al anexo II y que estará disposición de las personas solicitantes en la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio en la siguiente dirección: https://www.juntaex.es/web/juntaex/buscador.
Las personas o entidades solicitantes utilizarán las claves personales que les han sido suministradas para el acceso a la plataforma de confección de solicitudes Arado. Igualmente,
a través de las Oficinas Comarcales Agrarias (OCAS) se facilitará la acreditación informática a los representantes (agentes auxiliares) que vayan a colaborar con los mismos en la
formulación de la solicitud, así como las claves personales a aquellos administrados que
las soliciten de nuevo.