Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061883)
Resolución de 15 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Protocolo General de Actuación entre el Ministerio de Cultura y Deporte, la Junta de Extremadura, la Diputación de Badajoz y la Federación Española de Universidades Populares para el desarrollo del Proyecto "Operegrina".
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NÚMERO 94
Jueves 18 de mayo de 2023

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Las partes harán constar sus respectivos logotipos en cualquier tipo de material divulgativo
derivado de las actividades conjuntas que se generen en el marco de colaboración establecido
en el presente Protocolo de actuación y sus convenios específicos de desarrollo, en los que se
determinarán los usos y condiciones del uso de los logotipos de ambas partes.
El uso de la denominación, marca y logotipos se ajustará al modelo que cada uno proporcione.
El uso no autorizado, o para un fin distinto al pactado, de cualquier signo distintivo protegido
por los derechos de propiedad intelectual o industrial de las partes, facultará a la otra para
instar la resolución del presente Protocolo General de Actuación, sin perjuicio de la correspondiente indemnización de daños y perjuicios a que hubiere lugar.
Quinta. Vigencia.
El presente Protocolo de actuación tendrá una vigencia de dos años contados a partir de la
fecha de su firma y podrá prorrogarse por periodos iguales, por común acuerdo de las partes,
siempre que manifiesten tal intención de forma expresa, antes de los dos meses previos al
término de su vigencia.
Sexta. No constitución de vínculo o sociedad entre las partes.
El presente Protocolo de Actuación no implica la constitución de ninguna sociedad, asociación
y otra clase de vinculación entre las partes, que asumen sólo las obligaciones que se recogen
en su clausulado, y a las cuales limitan sus responsabilidades respectivas.
Los acuerdos, contratos o convenios que cada una de las partes pueda formalizar con terceros
durante la vigencia del presente Protocolo de Actuación, y no estén expresamente previstos
en el mismo, serán del todo ajenos a los demás intervinientes y al propio Protocolo.
Entre el Ministerio de Cultura y Deporte, la Junta de Extremadura, la Diputación de Badajoz
y la Federación Española de Universidades Populares no existe relación de solidaridad o subsidiariedad alguna, y cada una responde de forma individual y exclusiva de sus acciones y
omisiones que traigan causa del presente Protocolo de Actuación.
Séptima. Modificaciones del Protocolo de Actuación.
El presente Protocolo de Actuación constituye la manifestación expresa de la voluntad de las
partes en relación con su objeto y contenido. Cualquier modificación del mismo deberá ser
efectuada por escrito y firmada por las partes, mediante la correspondiente Adenda.
Octava. Comisión de Seguimiento.
Se constituye una Comisión Mixta de Vigilancia y Seguimiento del Protocolo a la que corresponderá velar por el correcto desarrollo y seguimiento de lo dispuesto en el mismo, así como