Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061883)
Resolución de 15 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Protocolo General de Actuación entre el Ministerio de Cultura y Deporte, la Junta de Extremadura, la Diputación de Badajoz y la Federación Española de Universidades Populares para el desarrollo del Proyecto "Operegrina".
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NÚMERO 94
31152
Jueves 18 de mayo de 2023
la resolución de los eventuales problemas de interpretación y ejecución que de éste pudieran
derivarse. La Comisión, de composición paritaria, se reunirá tantas veces como estime oportuno y estará integrada por dos representantes de cada institución implicada, designados al
efecto por cada parte. Podrán participar también en las reuniones los técnicos o expertos que
las partes decidan de común acuerdo.
Una vez constituida, la Comisión aprobará sus normas internas de funcionamiento. Será de
aplicación en dicha comisión lo dispuesto para órganos colegiados en la ley 40/2015 de 1 de
octubre de Régimen Jurídico el Sector Público (LRJSP)
Novena. Garantía de confidencialidad y protección de datos.
Las partes se comprometen, en el marco del presente Protocolo General de Actuación, a garantizar todas las medidas necesarias al objeto de asegurar la confidencialidad de los datos
e información relacionados con el contenido del mismo y a que el tratamiento automatizado
de datos de carácter personal, que pudiera ser necesario realizar como consecuencia de las
actuaciones que se lleven a cabo en ejecución del presente Protocolo de Actuación o de los
convenios específicos que lo desarrollen, se regirá conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los Derechos
Digitales, así como en su normativa de desarrollo.
Décima. Régimen jurídico y resolución de controversias.
Las dudas y lagunas que pudieran plantearse en la interpretación de este Protocolo General
de Actuación, así como las modificaciones o ajustes que su desarrollo pudiera demandar, o
la resolución de las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación,
ejecución, resolución y efectos que puedan derivarse del presente Protocolo de Actuación,
se resolverán por diálogo directo entre las Partes en el seno de la Comisión de Seguimiento
prevista en la cláusula novena.
Y para que conste, en prueba de conformidad con lo pactado y el compromiso de cumplirlo
de buena fe, las partes intervinientes suscriben el presente Protocolo General de Actuación, a
fecha de la firma electrónica de la totalidad de las partes intervinientes.
Ministerio de Cultura y Deporte
Junta de Extremadura
VÍCTOR FRANCOS DÍAZ
PEDRO ALVARADO RODRÍGUEZ
Diputación de Badajoz
Federación Española de Universidades
Populares.
MIGUEL ÁNGEL GALLARDO
MIRANDA
MÓNICA CALURANO VELLARINO
31152
Jueves 18 de mayo de 2023
la resolución de los eventuales problemas de interpretación y ejecución que de éste pudieran
derivarse. La Comisión, de composición paritaria, se reunirá tantas veces como estime oportuno y estará integrada por dos representantes de cada institución implicada, designados al
efecto por cada parte. Podrán participar también en las reuniones los técnicos o expertos que
las partes decidan de común acuerdo.
Una vez constituida, la Comisión aprobará sus normas internas de funcionamiento. Será de
aplicación en dicha comisión lo dispuesto para órganos colegiados en la ley 40/2015 de 1 de
octubre de Régimen Jurídico el Sector Público (LRJSP)
Novena. Garantía de confidencialidad y protección de datos.
Las partes se comprometen, en el marco del presente Protocolo General de Actuación, a garantizar todas las medidas necesarias al objeto de asegurar la confidencialidad de los datos
e información relacionados con el contenido del mismo y a que el tratamiento automatizado
de datos de carácter personal, que pudiera ser necesario realizar como consecuencia de las
actuaciones que se lleven a cabo en ejecución del presente Protocolo de Actuación o de los
convenios específicos que lo desarrollen, se regirá conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los Derechos
Digitales, así como en su normativa de desarrollo.
Décima. Régimen jurídico y resolución de controversias.
Las dudas y lagunas que pudieran plantearse en la interpretación de este Protocolo General
de Actuación, así como las modificaciones o ajustes que su desarrollo pudiera demandar, o
la resolución de las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación,
ejecución, resolución y efectos que puedan derivarse del presente Protocolo de Actuación,
se resolverán por diálogo directo entre las Partes en el seno de la Comisión de Seguimiento
prevista en la cláusula novena.
Y para que conste, en prueba de conformidad con lo pactado y el compromiso de cumplirlo
de buena fe, las partes intervinientes suscriben el presente Protocolo General de Actuación, a
fecha de la firma electrónica de la totalidad de las partes intervinientes.
Ministerio de Cultura y Deporte
Junta de Extremadura
VÍCTOR FRANCOS DÍAZ
PEDRO ALVARADO RODRÍGUEZ
Diputación de Badajoz
Federación Española de Universidades
Populares.
MIGUEL ÁNGEL GALLARDO
MIRANDA
MÓNICA CALURANO VELLARINO