Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061883)
Resolución de 15 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Protocolo General de Actuación entre el Ministerio de Cultura y Deporte, la Junta de Extremadura, la Diputación de Badajoz y la Federación Española de Universidades Populares para el desarrollo del Proyecto "Operegrina".
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NÚMERO 94
31149
Jueves 18 de mayo de 2023
efímeros complementarios, o un teatro portátil que se va desplazando por el territorio
elegido, incluyendo los entornos naturales más representativos.
• La incorporación de capital humano y recursos profesionales locales para desarrollar las
actividades, introduciendo alternativas laborales, formativas y artísticas.
• Montajes completos, profesionales y con máximos criterios de calidad, que sirvan para
poner el foco sobre la localidad, atrayendo oportunidades en el espacio geográfico de La
Raya/A Raia, España/Portugal.
XI. Que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su artículo
140, establece los principios que deben regir las relaciones interadministrativas, destacando los de colaboración y cooperación para la consecución de fines comunes. La LBRL
establece, en su artículo 10.1, que la Administración Local y las demás Administraciones
Públicas ajustarán sus relaciones recíprocas a los deberes de información mutua, colaboración, coordinación y respeto a los ámbitos competenciales respectivos.
Y que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, la cooperación se puede articular mediante un protocolo
general de actuación, cuando dicho instrumento comporte meras declaraciones de intención
de contenido general o que exprese la voluntad de las Administraciones y partes suscriptoras
para actuar con un objetivo común, siempre que no supongan la formalización de compromisos jurídicos concretos y exigibles.
En virtud de lo anteriormente expuesto, el Ministerio de Cultura y Deporte, la Junta de Extremadura, la Diputación de Badajoz y la Federación Española de Universidades Populares
se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Protocolo
General de Actuación, con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Protocolo de General de Actuación.
El presente Protocolo General de Actuación tiene por objeto establecer y articular un marco
general de colaboración entre Ministerio de Cultura y Deporte, la Junta de Extremadura, la
Diputación de Badajoz y la Federación Española de Universidades Populares, para planificar
y ejecutar de forma conjunta, proyectos y actividades en el ámbito de la cultura en general
y de la ópera en particular en los territorios de la Raya/Raia, que contribuyan a potenciar la
eficacia de la labor que las citadas instituciones desarrollan en pro del fomento y la difusión
de la música, las artes y la cultura en su más amplio sentido, arbitrándose para ello diferentes
iniciativas y actividades en el ámbito de sus respectivas competencias.
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Jueves 18 de mayo de 2023
efímeros complementarios, o un teatro portátil que se va desplazando por el territorio
elegido, incluyendo los entornos naturales más representativos.
• La incorporación de capital humano y recursos profesionales locales para desarrollar las
actividades, introduciendo alternativas laborales, formativas y artísticas.
• Montajes completos, profesionales y con máximos criterios de calidad, que sirvan para
poner el foco sobre la localidad, atrayendo oportunidades en el espacio geográfico de La
Raya/A Raia, España/Portugal.
XI. Que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su artículo
140, establece los principios que deben regir las relaciones interadministrativas, destacando los de colaboración y cooperación para la consecución de fines comunes. La LBRL
establece, en su artículo 10.1, que la Administración Local y las demás Administraciones
Públicas ajustarán sus relaciones recíprocas a los deberes de información mutua, colaboración, coordinación y respeto a los ámbitos competenciales respectivos.
Y que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, la cooperación se puede articular mediante un protocolo
general de actuación, cuando dicho instrumento comporte meras declaraciones de intención
de contenido general o que exprese la voluntad de las Administraciones y partes suscriptoras
para actuar con un objetivo común, siempre que no supongan la formalización de compromisos jurídicos concretos y exigibles.
En virtud de lo anteriormente expuesto, el Ministerio de Cultura y Deporte, la Junta de Extremadura, la Diputación de Badajoz y la Federación Española de Universidades Populares
se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Protocolo
General de Actuación, con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Protocolo de General de Actuación.
El presente Protocolo General de Actuación tiene por objeto establecer y articular un marco
general de colaboración entre Ministerio de Cultura y Deporte, la Junta de Extremadura, la
Diputación de Badajoz y la Federación Española de Universidades Populares, para planificar
y ejecutar de forma conjunta, proyectos y actividades en el ámbito de la cultura en general
y de la ópera en particular en los territorios de la Raya/Raia, que contribuyan a potenciar la
eficacia de la labor que las citadas instituciones desarrollan en pro del fomento y la difusión
de la música, las artes y la cultura en su más amplio sentido, arbitrándose para ello diferentes
iniciativas y actividades en el ámbito de sus respectivas competencias.