Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061888)
Resolución de 15 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para el desarrollo del Programa de Cualificación Empresarial para la Exportación 2023-2026.
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NÚMERO 94
Jueves 18 de mayo de 2023
31222
Novena. Comisión de Seguimiento.
1. C
on el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente convenio se constituirá una
Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de
Economía, Ciencia y Agenda Digital, y dos representantes de Extremadura Avante Servicios
Avanzados a Pymes, SLU, designados por quienes suscriben el presente convenio.
2. E
l régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será el establecido en la Sección 3ª,
Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
3. L
a presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Economía,
Ciencia y Agenda Digital, de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso
de empate. El ejercicio de las funciones de Secretario de la Comisión de Seguimiento corresponderá a uno de los representantes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a
Pymes, SLU.
4. La Comisión de Seguimiento tendrá entre otras las siguientes funciones:
a) Realizar el seguimiento de las actividades y operaciones ejecutadas en virtud de la presente transferencia, verificando su adecuada progresión hacia los objetivos establecidos
anualmente.
b) Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y
ejecución del presente convenio.
c) Aprobar, cuando no sean objeto de adenda, las modificaciones previstas en la cláusula
sexta del presente convenio.
d) Informar sobre la posibilidad de renunciar, prevista en la cláusula séptima del presente
convenio.
e) R
ecabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actividades tanto
en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo
garantizar Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, la disponibilidad de
la información.
f) Establecer las normas internas de funcionamiento de la Comisión de Seguimiento, en
concordancia con los Estatutos y normativa reguladora de las instituciones firmantes.
Jueves 18 de mayo de 2023
31222
Novena. Comisión de Seguimiento.
1. C
on el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente convenio se constituirá una
Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de
Economía, Ciencia y Agenda Digital, y dos representantes de Extremadura Avante Servicios
Avanzados a Pymes, SLU, designados por quienes suscriben el presente convenio.
2. E
l régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será el establecido en la Sección 3ª,
Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
3. L
a presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Economía,
Ciencia y Agenda Digital, de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso
de empate. El ejercicio de las funciones de Secretario de la Comisión de Seguimiento corresponderá a uno de los representantes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a
Pymes, SLU.
4. La Comisión de Seguimiento tendrá entre otras las siguientes funciones:
a) Realizar el seguimiento de las actividades y operaciones ejecutadas en virtud de la presente transferencia, verificando su adecuada progresión hacia los objetivos establecidos
anualmente.
b) Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y
ejecución del presente convenio.
c) Aprobar, cuando no sean objeto de adenda, las modificaciones previstas en la cláusula
sexta del presente convenio.
d) Informar sobre la posibilidad de renunciar, prevista en la cláusula séptima del presente
convenio.
e) R
ecabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actividades tanto
en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo
garantizar Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, la disponibilidad de
la información.
f) Establecer las normas internas de funcionamiento de la Comisión de Seguimiento, en
concordancia con los Estatutos y normativa reguladora de las instituciones firmantes.