Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061887)
Resolución de 15 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Administración General del Estado, a través del Servicio Público de Empleo Estatal, OA y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el desarrollo de un Plan de Empleo de Extremadura que comprenda la realización de medidas que incrementen el empleo, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional octogésima octava de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
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NÚMERO 94
Jueves 18 de mayo de 2023

31197

Los fondos aportados por el Estado mediante la subvención nominativa establecida en los
Presupuestos Generales del Estado y cuya concesión se articula a través de este convenio,
se destinarán a la adopción de medidas encaminadas a reforzar las políticas de empleo de
la comunidad autónoma, mediante el desarrollo de un Plan de Empleo, poniendo el foco
fundamentalmente en los colectivos de desempleados especialmente vulnerables, así como
también en el ya de por sí frágil tejido empresarial de Extremadura. Así, coherentemente con
las propuestas sugeridas por los agentes sociales y económicos de la comunidad autónoma,
dichas políticas activas de empleo se centrarán fundamentalmente en la recuperación del
tejido productivo, sin descuidar aquellas otras políticas destinadas a los sectores prioritarios.
Sexto.
Que la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año
2023, establece en la disposición adicional octogésima octava que durante el año 2023, el
Servicio Público de Empleo Estatal aportará la cantidad de 15 millones de euros para la financiación de un Plan de Empleo de Extremadura, para la realización de medidas que incrementen el empleo. Esta aportación financiera tiene el carácter de subvención nominativa, habida
cuenta de su consignación en el estado de gastos del presupuesto del Servicio Público de
Empleo Estatal.
Las medidas concretas a desarrollar y el periodo de ejecución del Plan, que podrá extenderse
durante 2024, así como la aportación en 2023 citada para el Plan de Empleo de Extremadura,
se instrumentarán mediante un convenio a celebrar entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Que, el artículo 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones establece que los convenios serán el instrumento habitual para canalizar las subvenciones previstas
nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado, sin perjuicio de lo que a este respecto establezca su norma reguladora. A su vez, el artículo 65 del Reglamento de desarrollo
de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
determina como forma válida de instrumentación efectiva de las subvenciones nominativas
financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado la formalización de convenios,
que tendrán el carácter de bases reguladoras de la concesión a efectos de lo previsto en la
Ley General de Subvenciones.
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.9 de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, las normas del Capítulo VI de dicha Ley no serán de aplicación a este Convenio, al constituir el mismo un acuerdo de terminación convencional por el
que se concede una subvención nominativa según lo recogido en el párrafo anterior.