Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061886)
Resolución de 15 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Administración General del Estado, a través de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 94
Jueves 18 de mayo de 2023
31174
h) E
n el diseño y ejecución de las actuaciones subvencionadas, la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales, garantizará el respeto al principio de “no causar un perjuicio significativo”,
conforme a lo previsto en el Plan de Recuperación, en el Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece
el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, en particular
la Comunicación de la Comisión Guía técnica sobre la aplicación del principio de “no
causar un perjuicio significativo” en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del
Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia
de España.
6. A
efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 22.2.d) del Reglamento 2021/241
por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (RMRR), la Administración y cuantos órganos se contemplan en el artículo 22 del RMRR podrán acceder
a la información contenida en el Registro de Titularidades Reales, creado por la Orden
JUS/319/2018, o el acceso a otras bases de datos de la Administración que puedan suministrar dichos datos sobre los titulares reales. También, será posible la cesión de información entre estos sistemas y el Sistema de Fondos Europeos, según las previsiones contenidas en la normativa europea y nacional aplicable.
Séptima. Financiación, cuantía y forma de pago.
1. E
l proyecto está financiado por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de
2020, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 12 de febrero de 2021. Dicha financiación queda legalmente vinculada a la realización
de las actuaciones subvencionadas, medidas integradas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
2. L
a cuantía máxima destinada a financiar este proyecto es 8.803.049,27 euros. Dicho importe se imputará a la aplicación presupuestaria 32.50.230A.452, correspondientes de los
Presupuestos Generales del Estado para 2021.
Octava. Plazo y forma de justificación.
1. L
a Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de la Consejería
de Sanidad y Servicios Sociales, tras la finalización de la ejecución, justificarán ante el órgano gestor la aplicación de la subvención percibida, como máximo, en tres meses a partir
del día siguiente al de la finalización del plazo de vigencia del correspondiente convenio
Jueves 18 de mayo de 2023
31174
h) E
n el diseño y ejecución de las actuaciones subvencionadas, la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales, garantizará el respeto al principio de “no causar un perjuicio significativo”,
conforme a lo previsto en el Plan de Recuperación, en el Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece
el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, en particular
la Comunicación de la Comisión Guía técnica sobre la aplicación del principio de “no
causar un perjuicio significativo” en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del
Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia
de España.
6. A
efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 22.2.d) del Reglamento 2021/241
por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (RMRR), la Administración y cuantos órganos se contemplan en el artículo 22 del RMRR podrán acceder
a la información contenida en el Registro de Titularidades Reales, creado por la Orden
JUS/319/2018, o el acceso a otras bases de datos de la Administración que puedan suministrar dichos datos sobre los titulares reales. También, será posible la cesión de información entre estos sistemas y el Sistema de Fondos Europeos, según las previsiones contenidas en la normativa europea y nacional aplicable.
Séptima. Financiación, cuantía y forma de pago.
1. E
l proyecto está financiado por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de
2020, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 12 de febrero de 2021. Dicha financiación queda legalmente vinculada a la realización
de las actuaciones subvencionadas, medidas integradas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
2. L
a cuantía máxima destinada a financiar este proyecto es 8.803.049,27 euros. Dicho importe se imputará a la aplicación presupuestaria 32.50.230A.452, correspondientes de los
Presupuestos Generales del Estado para 2021.
Octava. Plazo y forma de justificación.
1. L
a Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de la Consejería
de Sanidad y Servicios Sociales, tras la finalización de la ejecución, justificarán ante el órgano gestor la aplicación de la subvención percibida, como máximo, en tres meses a partir
del día siguiente al de la finalización del plazo de vigencia del correspondiente convenio