Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061886)
Resolución de 15 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Administración General del Estado, a través de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 94
Jueves 18 de mayo de 2023
31173
5. A
simismo, deberán cumplir con las siguientes obligaciones, europeas y nacionales, relativas a la financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea. A
tal efecto, deberán atenerse a lo siguiente:
a) Se someterán a las actuaciones de control de las instituciones de la Unión, en virtud del
artículo 22.2.e) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 12 de febrero.
b) Recabarán, a efectos de auditoría y control del uso de fondos y en formato electrónico,
las categorías armonizadas de datos contempladas en el artículo 22.2.d) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero.
c) Serán responsables de la fiabilidad y el seguimiento de la ejecución de las actuaciones
subvencionadas, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de consecución de cada actuación.
d) Deberán establecer mecanismos que aseguren que las actuaciones a desarrollar por
terceros contribuyen al logro de las actuaciones previstas y que dichos terceros aporten la información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los
indicadores, hitos y objetivos pertinentes del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
e) A
sumen el mantenimiento de una adecuada pista de auditoría de las actuaciones realizadas en el marco de esta subvención y la obligación de mantenimiento de la documentación soporte. El suministro de la información se realizará en los términos que
establezca el Ministerio de Hacienda y Función Pública de conformidad con la normativa
nacional y de la Unión Europea.
En este sentido, los perceptores de la ayuda deberán conservar los documentos justificativos y demás documentación concerniente a la financiación, en formato electrónico,
durante un período de cinco años a partir de la operación. Este período será de tres años
si la financiación no supera los 60.000 euros.
f) Tienen la obligación de asegurar la regularidad del gasto subyacente y la adopción de
medidas dirigidas a prevenir, detectar, comunicar y corregir el fraude y la corrupción,
prevenir el conflicto de interés y la doble financiación.
g) Custodiarán y conservarán la documentación de la actividad financiada por el Mecanismos de Recuperación y Resiliencia de conformidad con el artículo 132 del Reglamento
(UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de
2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión.
Jueves 18 de mayo de 2023
31173
5. A
simismo, deberán cumplir con las siguientes obligaciones, europeas y nacionales, relativas a la financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea. A
tal efecto, deberán atenerse a lo siguiente:
a) Se someterán a las actuaciones de control de las instituciones de la Unión, en virtud del
artículo 22.2.e) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 12 de febrero.
b) Recabarán, a efectos de auditoría y control del uso de fondos y en formato electrónico,
las categorías armonizadas de datos contempladas en el artículo 22.2.d) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero.
c) Serán responsables de la fiabilidad y el seguimiento de la ejecución de las actuaciones
subvencionadas, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de consecución de cada actuación.
d) Deberán establecer mecanismos que aseguren que las actuaciones a desarrollar por
terceros contribuyen al logro de las actuaciones previstas y que dichos terceros aporten la información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los
indicadores, hitos y objetivos pertinentes del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
e) A
sumen el mantenimiento de una adecuada pista de auditoría de las actuaciones realizadas en el marco de esta subvención y la obligación de mantenimiento de la documentación soporte. El suministro de la información se realizará en los términos que
establezca el Ministerio de Hacienda y Función Pública de conformidad con la normativa
nacional y de la Unión Europea.
En este sentido, los perceptores de la ayuda deberán conservar los documentos justificativos y demás documentación concerniente a la financiación, en formato electrónico,
durante un período de cinco años a partir de la operación. Este período será de tres años
si la financiación no supera los 60.000 euros.
f) Tienen la obligación de asegurar la regularidad del gasto subyacente y la adopción de
medidas dirigidas a prevenir, detectar, comunicar y corregir el fraude y la corrupción,
prevenir el conflicto de interés y la doble financiación.
g) Custodiarán y conservarán la documentación de la actividad financiada por el Mecanismos de Recuperación y Resiliencia de conformidad con el artículo 132 del Reglamento
(UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de
2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión.