Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061827)
Resolución de 4 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, del Plan Especial de la Zona B del Polígono Industrial del PDSU de Granja de Torrehermosa. Expte.: IA22/1822.
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NÚMERO 92
Martes 16 de mayo de 2023

30883

— Asimismo, de acuerdo con el artículo 37 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, se le informa que este Ministerio podrá ordenar, incluso en las travesías, la retirada
o modificación de aquellos elementos publicitarios o informativos que puedan afectar a
la seguridad viaria o la adecuada explotación de la vía, sin que ello dé lugar a derecho a
indemnización. En el caso de que estuvieran ubicados en el dominio público de la carretera
o en el equipamiento de la misma, este Ministerio podrá acceder a su retirada o supresión
con cargo a los responsables de la infracción, según se determine reglamentariamente, y
sin perjuicio de las responsabilidades y sanciones a que pudiera haber lugar.
— Se mantendrá la línea de edificación marcada en los planos del plan especial situada a
25 metros de la arista exterior de la calzada de la CN-432A.
— Se reitera que, el carácter favorable del presente informe lo es únicamente a los efectos
de que continúe la tramitación administrativa a nivel medioambiental.
La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural informa que no se
aprecia obstáculo para continuar la tramitación del expediente por no resultar afectado,
directamente, ningún bien integrante del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura,
de acuerdo a los Registros e Inventarios de esta Consejería. Respecto al patrimonio arqueológico, será de estricto cumplimiento la medida contemplada en el artículo 54 de la
Ley 2/1999, de 29 de marzo, relativa a los hallazgos casuales.
Durante el procedimiento de evaluación también se realizó consulta al agente del medio
natural de la zona, el cual emitió informe en el que expone los valores naturales presentes
en la zona de actuación.
3. A
 nálisis según los criterios del anexo VIII de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Una vez estudiada la documentación que obra en el expediente administrativo, y considerando las respuestas recibidas a las consultas realizadas, se lleva a cabo el análisis que a
continuación se describe, según los criterios recogidos en el anexo VIII de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a los
efectos de determinar si el Plan Especial de la Zona B del Polígono Industrial del PDSU de
Granja de Torrehermosa, tiene efectos significativos sobre el medio ambiente y, por tanto,
si resulta necesario su sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria
regulado en la subsección 1.ª, de la sección 1.ª del capítulo VII del título I de dicha ley.
3.1. Características del Plan Especial.
El Plan Especial de la Zona B del Polígono Industrial del PDSU de Granja de Torrehermosa tiene por objeto la ordenación y regulación del suelo correspondiente a este ámbito, clasificado