Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Sanidad. Atención Primaria. (2023040089)
Decreto 47/2023, de 10 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Organización y Funcionamiento de la Atención Primaria de Salud de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 92
Martes 16 de mayo de 2023
30649
Disposición final segunda. Modificación de la Orden de 4 de diciembre de 2017 por
la que se suprime la categoría estatutaria de enfermero/a de atención continuada
en el ámbito de las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud y se
integra en la de enfermero/a de equipo de atención primaria.
Se modifica el artículo 2 de la Orden de 4 de diciembre de 2017 por la que se suprime la categoría estatutaria de enfermero/a de atención continuada en el ámbito de las Instituciones
Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud y se integra en la de enfermero/a de equipo de
atención primaria, que pasa a tener la siguiente redacción:
“Artículo 2. Funciones y jornada.
Con base en lo ya expuesto, la categoría que se suprime se integrará en la categoría de
Enfermero/a de Equipo de Atención Primaria con denominación/función de Atención Continuada, realizando las funciones y jornada que se determinen en la norma correspondiente”.
Disposición final tercera. Modificación del artículo 61 del Decreto 81/2021, de 7
de julio, por el que se regula el sistema de selección de personal estatutario y de
provisión de plazas básicas, singularizadas y de jefaturas de unidad del Organismo
Autónomo Servicio Extremeño de Salud.
Se modifica el Decreto 81/2021, de 7 de julio, por el que se regula el sistema de selección de
personal estatutario y de provisión de plazas básicas, singularizadas y de jefaturas de unidad
del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud, en su artículo 61, que pasa a tener
la siguiente redacción:
“Artículo 61. Designación de las direcciones y subdirecciones de zona de salud, de las
coordinaciones de urgencias y de las coordinaciones de puntos unificados de atención continuada en el ámbito de atención primaria.
1. La dirección y la subdirección de zona de salud son jefaturas en el ámbito de la atención
primaria y serán designadas mediante resolución por la correspondiente Gerencia del
Área de Salud donde estén adscritas, según criterios de igualdad, mérito y capacidad,
una vez oído el equipo de atención primaria y las unidades de apoyo ubicadas en la zona
de salud, y una vez valorados los méritos establecidos en la convocatoria realizada por
la Gerencia de Área de Salud. Podrá optar al mismo, el personal sanitario perteneciente
a los grupos A1 o A2 que preste sus servicios exclusivamente en esa zona de salud,
preferentemente personal fijo.
2. El cese de las direcciones y subdirecciones de zona de salud se producirá por el órgano
que realizó el nombramiento mediante resolución, bien por finalización del nombramiento, por dejar de pertenecer a la zona de salud, por decisión motivada del órgano
Martes 16 de mayo de 2023
30649
Disposición final segunda. Modificación de la Orden de 4 de diciembre de 2017 por
la que se suprime la categoría estatutaria de enfermero/a de atención continuada
en el ámbito de las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud y se
integra en la de enfermero/a de equipo de atención primaria.
Se modifica el artículo 2 de la Orden de 4 de diciembre de 2017 por la que se suprime la categoría estatutaria de enfermero/a de atención continuada en el ámbito de las Instituciones
Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud y se integra en la de enfermero/a de equipo de
atención primaria, que pasa a tener la siguiente redacción:
“Artículo 2. Funciones y jornada.
Con base en lo ya expuesto, la categoría que se suprime se integrará en la categoría de
Enfermero/a de Equipo de Atención Primaria con denominación/función de Atención Continuada, realizando las funciones y jornada que se determinen en la norma correspondiente”.
Disposición final tercera. Modificación del artículo 61 del Decreto 81/2021, de 7
de julio, por el que se regula el sistema de selección de personal estatutario y de
provisión de plazas básicas, singularizadas y de jefaturas de unidad del Organismo
Autónomo Servicio Extremeño de Salud.
Se modifica el Decreto 81/2021, de 7 de julio, por el que se regula el sistema de selección de
personal estatutario y de provisión de plazas básicas, singularizadas y de jefaturas de unidad
del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud, en su artículo 61, que pasa a tener
la siguiente redacción:
“Artículo 61. Designación de las direcciones y subdirecciones de zona de salud, de las
coordinaciones de urgencias y de las coordinaciones de puntos unificados de atención continuada en el ámbito de atención primaria.
1. La dirección y la subdirección de zona de salud son jefaturas en el ámbito de la atención
primaria y serán designadas mediante resolución por la correspondiente Gerencia del
Área de Salud donde estén adscritas, según criterios de igualdad, mérito y capacidad,
una vez oído el equipo de atención primaria y las unidades de apoyo ubicadas en la zona
de salud, y una vez valorados los méritos establecidos en la convocatoria realizada por
la Gerencia de Área de Salud. Podrá optar al mismo, el personal sanitario perteneciente
a los grupos A1 o A2 que preste sus servicios exclusivamente en esa zona de salud,
preferentemente personal fijo.
2. El cese de las direcciones y subdirecciones de zona de salud se producirá por el órgano
que realizó el nombramiento mediante resolución, bien por finalización del nombramiento, por dejar de pertenecer a la zona de salud, por decisión motivada del órgano