Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Sanidad. Atención Primaria. (2023040089)
Decreto 47/2023, de 10 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Organización y Funcionamiento de la Atención Primaria de Salud de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 92
Martes 16 de mayo de 2023

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participación en la red de vigilancia epidemiológica en general, y de sistemas específicos
de vigilancia en particular, como los sistemas de vigilancia centinela; en el sistema de
respuesta a las alertas y emergencias en salud pública; y en el control del cumplimiento
de la normativa vigente en materia de salud pública.
b) Las actividades en materia de protección y promoción de la salud, educación para la
salud (individual y grupal), y prevención de la enfermedad, con un enfoque que incluya
determinantes sociales de la salud, equidad en salud y perspectiva salutogénica.
c) Las actividades relacionadas con la salud comunitaria, la orientación comunitaria de la
atención primaria y el desarrollo sus tres niveles (1. Individual: abordaje biopsicosocial
y recomendación de recursos comunitarios; 2. Grupal: educación para la salud con enfoque de determinantes sociales; y 3. Colectivo: acciones comunitarias, que incluyen
actividades, iniciativas y procesos de salud comunitaria), siempre garantizando la participación comunitaria real y efectiva, que permita la corresponsabilidad en la toma de
decisiones y facilite la equidad en salud. Para ello, se facilitará desde los EAP la implicación de los tres protagonistas de la comunidad: administración/es, recursos profesionales y técnicos, y ciudadanía. Las acciones comunitarias se desarrollarán en los centros
de atención primaria y fuera de ellos, si es preciso, en centros educativos, centros de
trabajo, centros residenciales, sedes de asociaciones de usuarios/as o de vecinos/as,
y/o en otras instituciones de la ZS, conforme a la Estrategia de Salud Comunitaria de
Extremadura.
d) Atención a los/as usuarios/as en materia de salud pública.
Artículo 11. Funciones de formación, docencia e investigación.
La formación, la docencia y la investigación son funciones que se integran en la actividad
ordinaria de cada profesional de atención primaria, para adecuar, de forma permanente, los
conocimientos, habilidades y actitudes a las competencias establecidas para cada categoría
profesional.
1. F
 ormación continuada: Cada profesional tiene el derecho y el deber de participar, en la
faceta docente y en la discente, en las actividades de formación continuada que se programen, dentro de la jornada laboral, participando en la elaboración, ejecución y evaluación
de los correspondientes programas formativos.
2. I nvestigación: Por su parte, la administración facilitará y fomentará la investigación y la
ejecución de proyectos de investigación propios, y en colaboración con otros centros y unidades, conforme a las líneas prioritarias establecidas desde la misma.