Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio. Ayudas. (2023061723)
Resolución de 28 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2023 de las ayudas para el Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 91
Lunes 15 de mayo de 2023

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o copias los documentos justificativos de la ejecución de la inversión y los documentos
acreditativos del pago de los gastos ejecutados conforme a lo dispuesto en el resuelvo decimotercero de la presente resolución.
La documentación exigida deberá presentarse, de forma telemática, a través del Registro
Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf , así como a través de

cualquiera de los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4. a. de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
todo ello en virtud de lo dispuesto en el apartado 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, e irá dirigida a la Secretaría General de Economía y Comercio.
Los interesados deberán disponer, para la autenticación y para la firma electrónica, de DNI
electrónico o de certificado electrónico en vigor y, si no dispone de ellos, se indica a continuación las direcciones electrónicas donde podrían obtenerlos:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
http://www.cert.fnmt.es/
3. L
 os beneficiarios quedan exentos de la obligación de constituir garantía por los anticipos
recibidos.
Decimoquinto. Obligaciones del beneficiario.
1. C
 on carácter general, son obligaciones de cada beneficiario las señaladas en el artículo 13
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y adicionalmente y en particular, las siguientes:
a) Comunicar a la Secretaría General con competencias en materia de comercio interior,
en el momento en que se produzca, cualquier eventualidad sobrevenida en la actividad
o proyecto subvencionado y que afecte a su realización, en especial las incidencias
recogidas en el artículo 17 del Decreto 140/2022, de 30 de noviembre, por el que se
establecen las bases reguladoras de las ayudas para el Programa de modernización del
comercio Fondo Tecnológico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2022.
b) El beneficiario deberá mantener el destino de los bienes que hayan sido objeto de
subvención y aplicarlos a la finalidad prevista en la solicitud de concesión durante un
periodo mínimo de cinco años a contar desde la justificación por parte del beneficiario