Presidencia De La Junta. Agrupaciones De Entidades Locales. Ayudas. (2023061728)
Resolución de 2 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas destinadas al fomento de agrupaciones para el sostenimiento en común de un único puesto de Secretaría-Intervención, durante el ejercicio 2023.
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NÚMERO 90
Viernes 12 de mayo de 2023

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vención. Asimismo, las subvenciones concedidas se publicarán en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Portal de Transparencia de la Junta
de Extremadura.
6. La resolución que ponga fin al procedimiento se notificará a las entidades interesadas de conformidad con lo previsto en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
7. L
 a resolución de concesión o denegación pone fin a la vía administrativa y contra la misma
podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Secretaría General de la Presidencia de la Junta de Extremadura en el plazo de un mes contado desde el día siguiente
al de la notificación de la resolución.
Noveno. Concesión de ayudas a entidades locales en proceso de constitución de una
agrupación.
El otorgamiento de las subvenciones a las entidades locales a que se refiere el artículo 3.1.b)
del Decreto regulador de las ayudas quedará condicionado a la efectiva constitución de la
agrupación antes de emitirse la propuesta de resolución y lo será en proporción al periodo de
tiempo desde su constitución.
Décimo. Comisión de valoración.
1. Para la evaluación de las solicitudes que reúnan los requisitos establecidos en el resuelvo
tercero de la presente resolución, se constituye una Comisión Tripartita entre la Junta de
Extremadura, la Diputación Provincial de Badajoz y la Diputación Provincial de Cáceres,
formada por:
a) La titular de la Dirección General de Administración Local.
b) Un/a Diputado/a Provincial por cada una de las Diputaciones Provinciales.
c) La secretaría de la Comisión se desempeñará por personal funcionario del Servicio de
Relaciones Económico-Presupuestarias con las Entidades Locales.
A dicha Comisión podrá asistir cuanto personal técnico se consideren conveniente con voz
y sin voto.
2. La Comisión Tripartita elaborará un informe relativo a la evaluación efectuada que contendrá la cuantía a conceder a cada entidad local. Con base a dicho informe el órgano instructor elevará la propuesta de resolución al Secretario General de la Presidencia de la Junta
de Extremadura. Dicha propuesta no podrá separarse del informe emitido por la Comisión
Tripartita.