Universidad De Extremadura. Universidad. Carrera Profesional. (2023061793)
Resolución de 3 de mayo de 2023, de la Gerencia, por la que se aprueba el Plan Anual de Valoración y se determina el plazo de presentación de solicitudes a efectos del reconocimiento de los distintos niveles de carrera profesional horizontal en la Universidad de Extremadura.
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NÚMERO 89
30218
Jueves 11 de mayo de 2023
En virtud de lo anteriormente expuesto, conforme a los principios de transparencia, objetividad, proporcionalidad, imparcialidad y no discriminación, y siguiendo el acuerdo alcanzado
con las organizaciones sindicales representadas en la Mesa Negociadora de la Universidad de
Extremadura con fecha de 24 de abril de 2023, esta Gerencia,
ACUERDA:
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
Aprobar el Plan de Valoración para la progresión en el sistema de carrera profesional horizontal para el año 2023, siendo de aplicación al personal de Administración y Servicios funcionario y laboral al servicio de la Universidad de Extremadura acogidos al III Acuerdo reglador
de las condiciones de trabajo del personal funcionario y al IV Convenio Colectivo del personal
laboral de esta Universidad, en los términos establecidos en su articulado.
En el supuesto de que el siguiente Plan de Valoración no se aprobara antes del inicio del año
correspondiente, este plan se considerará automáticamente prorrogado hasta la aprobación
del nuevo.
Segundo. Requisitos.
Los requisitos y méritos objeto de valoración, la forma de acreditarlos, su puntuación y la
puntuación mínima necesaria para superar el proceso de valoración en el acceso a cada nivel
de carrera profesional horizontal, serán los contenidos en la presente resolución.
Para alcanzar la puntuación mínima necesaria para superar el proceso de valoración no será
necesario obtener puntos en los tres bloques de baremación, pudiendo alcanzarse dicha puntuación con la obtenida en cualquiera de los méritos recogidos en el apartado cuarto de esta
resolución.
Para el reconocimiento de los niveles de carrera profesional horizontal solamente se podrán
alegar y valorar los méritos generados durante el periodo de permanencia necesario para el
acceso al siguiente nivel al que se pretende acceder.
Tercero. Solicitud.
El reconocimiento de los sucesivos niveles de carrera profesional horizontal requerirá solicitud
previa de la persona interesada, presentada en cualquier momento posterior al cumplimiento
de los requisitos.
Podrán presentar solicitud todas aquellas personas incluidas dentro del ámbito de aplicación
de la Resolución 1.497/2022, de 5 de diciembre de 2022, de la Gerencia por la que se ejecuta
30218
Jueves 11 de mayo de 2023
En virtud de lo anteriormente expuesto, conforme a los principios de transparencia, objetividad, proporcionalidad, imparcialidad y no discriminación, y siguiendo el acuerdo alcanzado
con las organizaciones sindicales representadas en la Mesa Negociadora de la Universidad de
Extremadura con fecha de 24 de abril de 2023, esta Gerencia,
ACUERDA:
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
Aprobar el Plan de Valoración para la progresión en el sistema de carrera profesional horizontal para el año 2023, siendo de aplicación al personal de Administración y Servicios funcionario y laboral al servicio de la Universidad de Extremadura acogidos al III Acuerdo reglador
de las condiciones de trabajo del personal funcionario y al IV Convenio Colectivo del personal
laboral de esta Universidad, en los términos establecidos en su articulado.
En el supuesto de que el siguiente Plan de Valoración no se aprobara antes del inicio del año
correspondiente, este plan se considerará automáticamente prorrogado hasta la aprobación
del nuevo.
Segundo. Requisitos.
Los requisitos y méritos objeto de valoración, la forma de acreditarlos, su puntuación y la
puntuación mínima necesaria para superar el proceso de valoración en el acceso a cada nivel
de carrera profesional horizontal, serán los contenidos en la presente resolución.
Para alcanzar la puntuación mínima necesaria para superar el proceso de valoración no será
necesario obtener puntos en los tres bloques de baremación, pudiendo alcanzarse dicha puntuación con la obtenida en cualquiera de los méritos recogidos en el apartado cuarto de esta
resolución.
Para el reconocimiento de los niveles de carrera profesional horizontal solamente se podrán
alegar y valorar los méritos generados durante el periodo de permanencia necesario para el
acceso al siguiente nivel al que se pretende acceder.
Tercero. Solicitud.
El reconocimiento de los sucesivos niveles de carrera profesional horizontal requerirá solicitud
previa de la persona interesada, presentada en cualquier momento posterior al cumplimiento
de los requisitos.
Podrán presentar solicitud todas aquellas personas incluidas dentro del ámbito de aplicación
de la Resolución 1.497/2022, de 5 de diciembre de 2022, de la Gerencia por la que se ejecuta