Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. (2023040075)
Decreto 35/2023, de 19 de abril, por el que se aprueba el Catálogo del Sistema Público de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 89

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Jueves 11 de mayo de 2023

tonomía Local y se han recabado los informes de impacto de género del IMEX, de impacto
sobre el empleo del SEXPE y de la Abogacía General, así como de las distintas consejerías que
conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por último, en aplicación del principio de eficiencia, la norma facilita la información necesaria
a las personas para el acceso a las prestaciones, evitando cargas administrativas innecesarias
o accesorias, racionalizando en su aplicación la gestión de los recursos públicos.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.4 de la Ley 14/2015,
de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura y el artículo 90.2 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a
propuesta del Consejero de Sanidad y Servicios Sociales, de acuerdo con la Comisión Jurídica, y
previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 19 de abril de 2023,
DISPONE:
Artículo 1. Objeto y finalidad.
1. El presente decreto tiene por objeto la aprobación del Catálogo del Sistema Público de
Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como su evaluación.
2. E
 ste decreto tiene como finalidad procurar una información real y efectiva del contenido
del Catálogo del Sistema Público de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Extremadura a las personas usuarias, profesionales y entidades del sector, así como un mejor
acceso a las mismas y en condiciones de igualdad y transparencia, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. El ámbito de aplicación de este decreto se corresponde con el del Sistema Público de Servicios Sociales de Extremadura.
2. D
 icho ámbito de aplicación comprenderá igualmente, en lo que se refiere a las condiciones
y características establecidas para las diferentes prestaciones, a aquellas entidades privadas que, a través de cualquiera de las posibles fórmulas de prestación de servicios con el
Sistema Público, se integren en el sistema de servicios sociales de responsabilidad pública
a que se refiere el artículo 3 de la citada Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales
de Extremadura.
Artículo 3. Contenido.
1. El Catálogo del Sistema Público de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Extremadura contiene el conjunto de prestaciones de servicios sociales, tanto de servicios como