Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2023AC0018)
Acuerdo de 16 de febrero de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de modificación puntual n.º 2 del Plan General Municipal de Berrocalejo (M-003), para definir de forma pormenorizada los usos agropecuarios y establecer sus condiciones de implantación en el suelo no urbanizable.
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NÚMERO 88
Miércoles 10 de mayo de 2023

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Reservas de suelo para redes de energía eléctrica.
1. L
 os instrumentos de planeamiento general establecerán las reservas de suelo de los pasillos
destinados a líneas eléctricas de tensión igual o superior a 66 kV.
2. L
 os instrumentos de planeamiento general deberán dimensionar, en su caso, la superficie
destinada a subestaciones de transformación teniendo en cuenta la tensión máxima prevista, las
funciones encomendadas y las posibilidades de ampliación futura. Con carácter orientativo, se
establecen las siguientes dimensiones:

3. L
 as reservas de suelo indicadas en el apartado anterior y en el apartado 1 del artículo anterior
se establecen cautelarmente hasta tanto no se efectúe, según sea el caso, la correspondiente
evaluación de impacto ambiental.
Tendidos eléctricos de tensión inferior a 66 kV.
1. L
 os proyectos de tendidos eléctricos de tensión inferior a 66 kV. deberán incorporar un análisis de
alternativas de trazado en el que se justifique que la elección propuesta es la de menor incidencia
ambiental y paisajística.
2. A
 efectos del apartado anterior los proyectos técnicos deberán considerar los criterios de
inserción en el territorio que se indican a continuación y adoptarán las propuestas de trazado más
adecuadas a efectos del apartado anterior:
a) L
 os trazados aéreos se insertarán en el paisaje siguiendo, siempre que sea posible, la forma del
relieve.
b) S
 e evitarán los trazados aéreos siguiendo las líneas de máxima pendiente y se procurará su
recorrido por las depresiones y partes más bajas del relieve utilizando la topografía, las áreas
arboladas o, en su caso, la creación de pantallas vegetales para ocultar los apoyos.
c) L
 os trazados aéreos se efectuarán preferentemente paralelos a las infraestructuras viarias
y ferroviarias y límites parcelarios. Cuando se realicen paralelos a estas infraestructuras se
situarán, en su caso, aguas arriba con respecto a éstas.
3. E
 n caso de soluciones contradictorias entre los criterios definidos en el apartado anterior se
justificarán las soluciones más convenientes adoptadas primando siempre la menor incidencia
sobre el medio ambiente y, en segundo lugar, sobre el paisaje.
4. S
 e evitará en lo posible los desmontes y se minimizarán los movimientos de tierra. Las patas de
los apoyos deberán adaptarse al terreno y se efectuará la revegetación de las zonas alteradas.