Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Actividades Taurinas. (2023040084)
Decreto 42/2023, de 3 de mayo, por el que se crean y regulan los Premios Extremadura a la Tauromaquia y la Red de Municipios Taurinos de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de los Premios Extremadura a la Tauromaquia 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 87
Martes 9 de mayo de 2023
29435
el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
En todo caso, las personas jurídicas estarán obligadas a presentar las solicitudes, a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura
(https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf), o en cualquiera de los
registros electrónicos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A tal efecto, en la presentación de solicitudes por el Registro Electrónico General, las personas solicitantes, deberán disponer para la autentificación y para la firma electrónica de
las mismas de certificado electrónico en vigor. En caso de no disponer del referido certificado electrónico en vigor, podrán obtenerlo en la siguiente dirección electrónica: http://
www.cert.fnmt.es/. Los citados anexos I y II incorporados al presente decreto, sin perjuicio de la adaptación que se pueda efectuar en la convocatoria, estarán a disposición de las
personas físicas y jurídicas solicitantes en el Portal Ciudadano de la Junta de Extremadura
(http://ciudadano.gobex.es).
4. L
as propuestas de candidaturas deberán ir acompañadas junto con la solicitud de la documentación que se relaciona a continuación:
a) Informe justificativo en el que se incluyan los datos que hacen a la misma merecedora
del honor y, en su caso, biografía, así como cualquier otro informe que se considere
necesario.
A la propuesta de candidatura podrá adjuntarse cuantos documentos o información
complementaria se consideren oportunos para reforzar los méritos de la candidatura,
así como los apoyos razonados y adhesiones relativos a la misma presentados mediante
modelo normalizado (anexo II).
b) En caso de personas jurídicas, o cuando las personas físicas actúen por medio de representante, acreditación de la representación legal de la entidad solicitante, mediante
poder suficiente. Cuando la persona solicitante no se oponga a su consulta, para la comprobación de oficio del documento de representación legal por el órgano instructor, se
deberá indicar el Código Seguro de Verificación (CSV) en el punto 4 del anexo I. En caso
de que la solicitante se hubiera opuesto a la comprobación de oficio marcando la casilla
correspondiente del punto 7 del anexo I, se deberá aportar el documento acreditativo
de la representación.
c) Aquella otra que específicamente se determine en la correspondiente convocatoria.
Martes 9 de mayo de 2023
29435
el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
En todo caso, las personas jurídicas estarán obligadas a presentar las solicitudes, a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura
(https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf), o en cualquiera de los
registros electrónicos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A tal efecto, en la presentación de solicitudes por el Registro Electrónico General, las personas solicitantes, deberán disponer para la autentificación y para la firma electrónica de
las mismas de certificado electrónico en vigor. En caso de no disponer del referido certificado electrónico en vigor, podrán obtenerlo en la siguiente dirección electrónica: http://
www.cert.fnmt.es/. Los citados anexos I y II incorporados al presente decreto, sin perjuicio de la adaptación que se pueda efectuar en la convocatoria, estarán a disposición de las
personas físicas y jurídicas solicitantes en el Portal Ciudadano de la Junta de Extremadura
(http://ciudadano.gobex.es).
4. L
as propuestas de candidaturas deberán ir acompañadas junto con la solicitud de la documentación que se relaciona a continuación:
a) Informe justificativo en el que se incluyan los datos que hacen a la misma merecedora
del honor y, en su caso, biografía, así como cualquier otro informe que se considere
necesario.
A la propuesta de candidatura podrá adjuntarse cuantos documentos o información
complementaria se consideren oportunos para reforzar los méritos de la candidatura,
así como los apoyos razonados y adhesiones relativos a la misma presentados mediante
modelo normalizado (anexo II).
b) En caso de personas jurídicas, o cuando las personas físicas actúen por medio de representante, acreditación de la representación legal de la entidad solicitante, mediante
poder suficiente. Cuando la persona solicitante no se oponga a su consulta, para la comprobación de oficio del documento de representación legal por el órgano instructor, se
deberá indicar el Código Seguro de Verificación (CSV) en el punto 4 del anexo I. En caso
de que la solicitante se hubiera opuesto a la comprobación de oficio marcando la casilla
correspondiente del punto 7 del anexo I, se deberá aportar el documento acreditativo
de la representación.
c) Aquella otra que específicamente se determine en la correspondiente convocatoria.