Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Actividades Taurinas. (2023040084)
Decreto 42/2023, de 3 de mayo, por el que se crean y regulan los Premios Extremadura a la Tauromaquia y la Red de Municipios Taurinos de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de los Premios Extremadura a la Tauromaquia 2023.
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NÚMERO 87
Martes 9 de mayo de 2023

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2. S
 erán candidatas a los premios, en su modalidad colectiva, las entidades públicas o privadas que de manera continuada y eficaz hayan destacado por su labor en favor de la difusión
de los valores culturales, turísticos, o económicos de la tauromaquia.
Artículo 6. Proposición y presentación de candidaturas.
1. T
 eniendo en cuenta que serán cuatro el número máximo de premios que se establece en el
artículo 3, dos premios para la modalidad a) y uno para la modalidad b.1) y b.2), para la
concesión de estos premios podrán presentar candidaturas las personas físicas o jurídicas,
públicas o privadas, comprendidas en el artículo precedente a favor de terceros, que estén
comprendidos igualmente en el artículo anterior.
2. L
 a Dirección General con competencias en materia de asuntos taurinos y la Comisión de
Valoración de los premios podrán presentar de oficio, para su incorporación al concurso
durante la propia reunión convocada para el fallo, las candidaturas de terceros que, por su
relevancia y mérito, estimen convenientes.
3. L
 as solicitudes de candidaturas se formalizarán en el modelo normalizado que figura como
anexo I incorporado al presente decreto, atendiendo a lo siguiente:
a) Las solicitudes deberán ser suscritas por una persona proponente principal y podrán ir
acompañadas de declaraciones de adhesión a la propuesta, según anexo II, correspondientes a otras tantas personas físicas o jurídicas debidamente identificadas.
b) Las solicitudes, junto con la documentación que se relaciona en el apartado siguiente,
se dirigirán a la persona titular de la Dirección General con competencias en materia de
asuntos taurinos y podrán ser presentadas de la siguiente forma:
Las personas solicitantes que sean personas físicas, de conformidad con lo establecido
en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, podrán optar entre las siguientes formas de presentación de solicitudes:
— A través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf).
— En las oficinas del Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura
(https://www.juntaex.es/w/5262) establecido por Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, en su artículo 7, así como en cualquiera de los lugares establecidos en