Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Actividades Taurinas. (2023040084)
Decreto 42/2023, de 3 de mayo, por el que se crean y regulan los Premios Extremadura a la Tauromaquia y la Red de Municipios Taurinos de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de los Premios Extremadura a la Tauromaquia 2023.
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 87
Martes 9 de mayo de 2023

29444

zará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y
comprobación de los datos y méritos en virtud de los cuales deba efectuarse la valoración.
La Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior verificará exclusivamente el cumplimiento de las condiciones impuestas para ser merecedora de los premios dará traslado de las mismas a la Comisión de Valoración. Así mismo, se podrán
incorporar, en su caso las candidaturas a las que se refiere el artículo 4.2 anterior.
2. El órgano competente para la valoración de las candidaturas y emitir el correspondiente fallo será la Comisión de Valoración, que estará formada por el Consejo de Asuntos
Taurinos de Extremadura y se regirá por su Reglamento interno de funcionamiento y,
supletoriamente, se aplicará la regulación establecida para los órganos colegiados de las
distintas Administraciones Públicas en la sección tercera del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como
lo dispuesto en la sección 2ª, capítulo III, título V de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
También será de aplicación el artículo el artículo 29, de representación equilibrada de
los órganos directivos y colegiados de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre
Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura.
3. E
 l órgano competente para la resolución del procedimiento es la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, no pudiendo, en ningún caso, apartarse del
fallo que así le hubiere sido trasladado por la Comisión de Valoración.
4. L
 a resolución de concesión será publicada en el Diario Oficial de Extremadura
http://doe.juntaex.es en el plazo de dos meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de candidaturas y pondrá fin a la vía administrativa, pudiéndose
interponer contra la misma recurso potestativo de reposición ante la persona titular
de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura, según lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o bien, directamente recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de
su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.