Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Actividades Taurinas. (2023040084)
Decreto 42/2023, de 3 de mayo, por el que se crean y regulan los Premios Extremadura a la Tauromaquia y la Red de Municipios Taurinos de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de los Premios Extremadura a la Tauromaquia 2023.
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NÚMERO 87
Martes 9 de mayo de 2023

29445

6. Forma y plazo de presentación de la solicitud.
1. L
 as solicitudes de candidaturas se formalizarán en el modelo normalizado que figura
como anexo I incorporado a la presente convocatoria, atendiendo a lo siguiente:


a) Las solicitudes deberán ser suscritas por una persona proponente principal y podrán
ir acompañadas de declaraciones de adhesión a la propuesta, según anexo II, correspondientes a otras tantas personas físicas o jurídicas debidamente identificadas.



b) Las solicitudes, junto con la documentación que se relaciona en el apartado siguiente, se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior y podrán ser presentadas de la siguiente forma:

Las personas solicitantes que sean personas físicas, de conformidad con lo establecido
en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, podrán optar entre las siguientes formas de
presentación de solicitudes:


— A través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf).



— En las oficinas del Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura

(https://www.juntaex.es/w/5262) establecido por Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, en su artículo 7, así como en cualquiera de los lugares
establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En todo caso, las personas jurídicas estarán obligadas a presentar las solicitudes, a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura
(https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf), o en cualquiera de
los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A tal efecto, en la presentación de solicitudes por el Registro Electrónico General, las
personas solicitantes, deberán disponer para la autentificación y para la firma electrónica de las mismas de certificado electrónico en vigor. En caso de no disponer del referido
certificado electrónico en vigor, podrán obtenerlo en la siguiente dirección electrónica:
http://www.cert.fnmt.es/. Los citados anexos I y II incorporados al presente decreto, sin perjuicio de la adaptación que se pueda efectuar en la convocatoria, estarán a