Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Actividades Taurinas. (2023040084)
Decreto 42/2023, de 3 de mayo, por el que se crean y regulan los Premios Extremadura a la Tauromaquia y la Red de Municipios Taurinos de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de los Premios Extremadura a la Tauromaquia 2023.
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 87
Martes 9 de mayo de 2023
29443
2. Categorías o modalidades de los premios.
Se concederán dos premios en total para cada una de las siguientes modalidades o categorías:
a) Individual, para las personas físicas.
b) Colectiva, para las personas jurídicas distinguiéndose en este caso a su vez en:
1) E
ntidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, entendiéndose por
tales los municipios, las entidades locales menores, las mancomunidades, las diputaciones provinciales, así como sus correspondientes organismos autónomos vinculados o dependientes.
2) A
sociaciones, federaciones, confederaciones, peñas u otras entidades análogas sin
ánimo de lucro que se hallen legalmente constituidas conforme a la normativa aplicable en cada caso.
3. Candidaturas.
1. Serán candidatas a los premios, en la modalidad individual, aquellas personas que se hayan
distinguido por su trayectoria profesional en todas sus diferentes manifestaciones (torero y
torera, profesionales de la ganadería, empresarias y empresarios, personal sanitario, periodistas, etc.) o que haya destacado en la promoción y defensa de la tauromaquia.
2. S
erán candidatas a los premios, en su modalidad colectiva, las entidades públicas o
privadas que de manera continuada y eficaz hayan destacado por su labor en favor de
la difusión de los valores culturales, turísticos, o económicos de la tauromaquia.
4. Solicitantes.
1. P
odrán presentar candidaturas a los premios las personas físicas o jurídicas, públicas o
privadas, comprendidas en el artículo precedente a favor de terceros, que estén comprendidos igualmente en el precepto anterior.
2. L
a Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior y la Comisión de Valoración de los premios podrán presentar de oficio, para su incorporación al concurso durante la propia reunión convocada para el fallo, las candidaturas que, por su relevancia
y mérito, estimen convenientes.
5. Órganos competentes para la ordenación, instrucción, valoración y resolución.
1. El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de
los premios será la Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior, que reali-
Martes 9 de mayo de 2023
29443
2. Categorías o modalidades de los premios.
Se concederán dos premios en total para cada una de las siguientes modalidades o categorías:
a) Individual, para las personas físicas.
b) Colectiva, para las personas jurídicas distinguiéndose en este caso a su vez en:
1) E
ntidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, entendiéndose por
tales los municipios, las entidades locales menores, las mancomunidades, las diputaciones provinciales, así como sus correspondientes organismos autónomos vinculados o dependientes.
2) A
sociaciones, federaciones, confederaciones, peñas u otras entidades análogas sin
ánimo de lucro que se hallen legalmente constituidas conforme a la normativa aplicable en cada caso.
3. Candidaturas.
1. Serán candidatas a los premios, en la modalidad individual, aquellas personas que se hayan
distinguido por su trayectoria profesional en todas sus diferentes manifestaciones (torero y
torera, profesionales de la ganadería, empresarias y empresarios, personal sanitario, periodistas, etc.) o que haya destacado en la promoción y defensa de la tauromaquia.
2. S
erán candidatas a los premios, en su modalidad colectiva, las entidades públicas o
privadas que de manera continuada y eficaz hayan destacado por su labor en favor de
la difusión de los valores culturales, turísticos, o económicos de la tauromaquia.
4. Solicitantes.
1. P
odrán presentar candidaturas a los premios las personas físicas o jurídicas, públicas o
privadas, comprendidas en el artículo precedente a favor de terceros, que estén comprendidos igualmente en el precepto anterior.
2. L
a Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior y la Comisión de Valoración de los premios podrán presentar de oficio, para su incorporación al concurso durante la propia reunión convocada para el fallo, las candidaturas que, por su relevancia
y mérito, estimen convenientes.
5. Órganos competentes para la ordenación, instrucción, valoración y resolución.
1. El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de
los premios será la Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior, que reali-