Servicio Extremeño Público De Empleo. Empleo. Subvenciones. (2023061503)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2023 de las subvenciones destinadas a la financiación del Programa Primera Experiencia Profesional en las Administraciones Públicas regulado en el capítulo VI del Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 85
29131
Viernes 5 de mayo de 2023
Seis. Presentación y tramitación de solicitudes.
1. Las solicitudes de las subvenciones se presentarán en el modelo normalizado de solicitud
disponible en la web https://sede.gobex.es/SEDE/, junto con los modelos de documentos
que deben acompañarse, a través del procedimiento telemático habilitado al efecto en la
misma y se cumplimentarán utilizando dicha herramienta informática y según las instrucciones establecidas. Cualquier solicitud presentada siguiendo un procedimiento distinto al
aquí descrito, será inadmitida.
En la página web https://www.juntaex.es estará disponible toda la información del programa de subvenciones.
La firma del modelo de solicitud deberá realizarse por el representante legal de la entidad,
vigente en el momento de su presentación.
2. La solicitud de ayuda recogerá el número de puestos de trabajo que solicita cada entidad, la
titulación requerida para cada uno de ellos, la tarea a la que se destinará cada puesto y el
grupo de cotización en el que se encuadrará. El número de puestos de trabajo solicitados,
que determinará la subvención concedida, deberá estará comprendido entre el número
máximo y el mínimo de puestos de trabajo, de conformidad con lo establecido en los artículos 90 y 95.1 del decreto de bases reguladoras, que se detalla a continuación:
Entidad beneficiaria
PUESTOS DE TRABAJO A SOLICITAR
Mínimo
Máximo
Diputación de Badajoz
2
20
Diputación de Cáceres
2
24
Municipios de la provincia de Badajoz
2
4
Municipios de la provincia de Cáceres
2
8
3. Asimismo, el número de puestos de trabajo solicitados, que determinará la subvención concedida, deberá comprender los contratos mínimos para empleos verdes y de competencias
digitales que se detalla a continuación, de conformidad con lo establecido en el artículo
95.1 del decreto de bases reguladoras, para el cumplimiento de las condiciones recogidas
en el artículo 89.4 del decreto regulador:
29131
Viernes 5 de mayo de 2023
Seis. Presentación y tramitación de solicitudes.
1. Las solicitudes de las subvenciones se presentarán en el modelo normalizado de solicitud
disponible en la web https://sede.gobex.es/SEDE/, junto con los modelos de documentos
que deben acompañarse, a través del procedimiento telemático habilitado al efecto en la
misma y se cumplimentarán utilizando dicha herramienta informática y según las instrucciones establecidas. Cualquier solicitud presentada siguiendo un procedimiento distinto al
aquí descrito, será inadmitida.
En la página web https://www.juntaex.es estará disponible toda la información del programa de subvenciones.
La firma del modelo de solicitud deberá realizarse por el representante legal de la entidad,
vigente en el momento de su presentación.
2. La solicitud de ayuda recogerá el número de puestos de trabajo que solicita cada entidad, la
titulación requerida para cada uno de ellos, la tarea a la que se destinará cada puesto y el
grupo de cotización en el que se encuadrará. El número de puestos de trabajo solicitados,
que determinará la subvención concedida, deberá estará comprendido entre el número
máximo y el mínimo de puestos de trabajo, de conformidad con lo establecido en los artículos 90 y 95.1 del decreto de bases reguladoras, que se detalla a continuación:
Entidad beneficiaria
PUESTOS DE TRABAJO A SOLICITAR
Mínimo
Máximo
Diputación de Badajoz
2
20
Diputación de Cáceres
2
24
Municipios de la provincia de Badajoz
2
4
Municipios de la provincia de Cáceres
2
8
3. Asimismo, el número de puestos de trabajo solicitados, que determinará la subvención concedida, deberá comprender los contratos mínimos para empleos verdes y de competencias
digitales que se detalla a continuación, de conformidad con lo establecido en el artículo
95.1 del decreto de bases reguladoras, para el cumplimiento de las condiciones recogidas
en el artículo 89.4 del decreto regulador: