Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061709)
Resolución de 28 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica plurianual a favor de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales para ejecución del Proyecto "Medidas de eficiencia energética en las infraestructuras del CEXMA".
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NÚMERO 84
Jueves 4 de mayo de 2023
28779
d) No realización de las actividades objeto de esta transferencia.
e) El incumplimiento de cualquiera de las restantes obligaciones establecidas en el presente convenio.
El grado de incumplimiento parcial por parte de CEXMA se determinará proporcionalmente
al porcentaje que no se haya ejecutado o no se haya justificado correctamente, entendiendo
cumplido el objeto de la transferencia cuando alcance un grado de ejecución mínimo equivalente a 60 % del importe total de la misma, procediendo a la devolución de las cantidades
percibidas y no ejecutadas. Todo ello sin perjuicio de la exigencia del interés de demora previsto en el artículo 24 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, de Hacienda Pública de Extremadura.
Octava. Comisión de Seguimiento.
Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente convenio se constituirá una
Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Presidencia de la
Junta de Extremadura, y dos de CEXMA), designados por cada una de las partes.
El régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será el establecido en la Sección 3ª,
Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a una de las personas representantes de la Presidencia de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso de
empate. El ejercicio de las funciones de la Secretaría de la Comisión de Seguimiento corresponderá a la representación de CEXMA.
Novena. Duración.
El presente convenio entrará en vigor el día de su firma y estará vigente hasta 31 de diciembre de 2024.
Podrá prorrogarse antes de su finalización, a fin de finalizar las actividades objeto del presente convenio; en este caso la justificación de la transferencia específica podrá realizarse hasta
la fecha final de la prórroga.
Décima. Causas de resolución.
Serán causas de Resolución del presente convenio:
a) El vencimiento del plazo de eficacia.
Jueves 4 de mayo de 2023
28779
d) No realización de las actividades objeto de esta transferencia.
e) El incumplimiento de cualquiera de las restantes obligaciones establecidas en el presente convenio.
El grado de incumplimiento parcial por parte de CEXMA se determinará proporcionalmente
al porcentaje que no se haya ejecutado o no se haya justificado correctamente, entendiendo
cumplido el objeto de la transferencia cuando alcance un grado de ejecución mínimo equivalente a 60 % del importe total de la misma, procediendo a la devolución de las cantidades
percibidas y no ejecutadas. Todo ello sin perjuicio de la exigencia del interés de demora previsto en el artículo 24 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, de Hacienda Pública de Extremadura.
Octava. Comisión de Seguimiento.
Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente convenio se constituirá una
Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Presidencia de la
Junta de Extremadura, y dos de CEXMA), designados por cada una de las partes.
El régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será el establecido en la Sección 3ª,
Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a una de las personas representantes de la Presidencia de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso de
empate. El ejercicio de las funciones de la Secretaría de la Comisión de Seguimiento corresponderá a la representación de CEXMA.
Novena. Duración.
El presente convenio entrará en vigor el día de su firma y estará vigente hasta 31 de diciembre de 2024.
Podrá prorrogarse antes de su finalización, a fin de finalizar las actividades objeto del presente convenio; en este caso la justificación de la transferencia específica podrá realizarse hasta
la fecha final de la prórroga.
Décima. Causas de resolución.
Serán causas de Resolución del presente convenio:
a) El vencimiento del plazo de eficacia.