Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061709)
Resolución de 28 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica plurianual a favor de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales para ejecución del Proyecto "Medidas de eficiencia energética en las infraestructuras del CEXMA".
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NÚMERO 84
Jueves 4 de mayo de 2023

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redactado y supervisado favorablemente y demás documentos necesarios para la ejecución
de las obras, así como con la información, publicidad, las facturas y documentos justificativos
de los pagos.
Sexta. Pago de la transferencia.
Esta transferencia específica tendrá una duración plurianual, entrará en vigor el día de la
firma del convenio y estará vigente hasta 31 de diciembre de 2024, no obstante, en caso de
prórroga del mismo, podrá realizar hasta la fecha final de la prórroga.
Los pagos de la misma se harán efectivos, con carácter general de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de
Extremadura y el artículo 3.1 del Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el
Plan de disposición de fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura: se
librarán trimestralmente, por cuartas partes del crédito presupuestario correspondiente, para
su abono dentro del primer mes de cada trimestre.
Se establecen los siguientes requisitos previos a los abonos correspondientes:
— A la firma del presente convenio se abonará el 100 % del importe total de la transferencia específica correspondiente a la primera anualidad 2023.
— Para proceder al abono de las cantidades correspondientes a la anualidad de 2024,
deberá haberse justificado previamente el 100 % de la anualidad inmediatamente anterior, abonándose dicha anualidad conforme a lo establecido en el Decreto 105/2005, de
12 de abril, por el que se aprueba el Plan de disposición de fondos de la Tesorería de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
— La justificación final de la transferencia específica se realizará hasta 31 de diciembre de
2024, no obstante, en caso de prórroga del convenio, hasta la fecha final de la prórroga.
Séptima. Incumplimiento y reintegro.
Serán causas de incumplimiento que conllevarán, previa audiencia de Corporación Extremeña
de Medios Audiovisuales, la pérdida del derecho a cobrar o, en su caso, el reintegro total o
parcial de la transferencia específica, las siguientes:
a) No justificación, justificación insuficiente o justificación fuera de plazo de las actuaciones.
b) El falseamiento, la inexactitud o la omisión de los datos suministrados.
c) No adopción de las medidas de difusión y publicidad de la cláusula undécima.