Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Agricultura. Ayudas. (2023040062)
Decreto 27/2023, de 29 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 84
28647
Jueves 4 de mayo de 2023
Por otra parte, en cuanto al plazo de resolución del procedimiento, de acuerdo al artículo 40
de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, se ha establecido un plazo de 6 meses, atendiendo a la complejidad de los proyectos
de inversión que pueden presentarse y, a los diversos y exhaustivos controles administrativos
que deben efectuarse de acuerdo al artículo 71 y siguientes del Real Decreto 1047/2022, de
27 de diciembre, por el que se regula el sistema de gestión y control de las intervenciones del
Plan Estratégico y otras ayudas de la Política Agraria Común, con la finalidad de garantizar que
se cumplen con las obligaciones establecidas por la normativa de la Unión Europea y nacional
y por el Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común (PAC) del Reino de España
2023-2027. Estos controles y verificaciones, que pueden alcanzar de acuerdo con el artículo 3 del citado real decreto, a diversa información, están orientados a garantizar la efectiva
percepción de estos fondos europeos de vital importancia para el desarrollo económico de la
región y la creación de empleo, al incentivarse las inversiones en el sector agroalimentario.
Para la elaboración de estas bases reguladoras se han tenido en cuenta las disposiciones de
la Ley 8/2011, 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de
Género en Extremadura y de la Ley Orgánica 31/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Por cuanto queda expuesto, en virtud de lo previsto en artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los artículos 23.h)
y 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de
medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 9.1.12 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, y a propuesta de la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, previa deliberación del Consejo de
Gobierno en sesión celebrada el día 29 de marzo de 2023,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto y finalidad.
Este decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas a las inversiones
en activos materiales o inmateriales en la Comunidad Autónoma de Extremadura destinadas a la trasformación y comercialización de productos agrícolas, dentro de las actuaciones
incluidas en el Plan Estratégico de la Política Agraria Comunitaria de España 2023-2027 (en
adelante, PEPAC), intervención “6842.2 - Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/ o desarrollo de productos agroalimentarios”, financiadas en un 75% a través el
Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
28647
Jueves 4 de mayo de 2023
Por otra parte, en cuanto al plazo de resolución del procedimiento, de acuerdo al artículo 40
de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, se ha establecido un plazo de 6 meses, atendiendo a la complejidad de los proyectos
de inversión que pueden presentarse y, a los diversos y exhaustivos controles administrativos
que deben efectuarse de acuerdo al artículo 71 y siguientes del Real Decreto 1047/2022, de
27 de diciembre, por el que se regula el sistema de gestión y control de las intervenciones del
Plan Estratégico y otras ayudas de la Política Agraria Común, con la finalidad de garantizar que
se cumplen con las obligaciones establecidas por la normativa de la Unión Europea y nacional
y por el Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común (PAC) del Reino de España
2023-2027. Estos controles y verificaciones, que pueden alcanzar de acuerdo con el artículo 3 del citado real decreto, a diversa información, están orientados a garantizar la efectiva
percepción de estos fondos europeos de vital importancia para el desarrollo económico de la
región y la creación de empleo, al incentivarse las inversiones en el sector agroalimentario.
Para la elaboración de estas bases reguladoras se han tenido en cuenta las disposiciones de
la Ley 8/2011, 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de
Género en Extremadura y de la Ley Orgánica 31/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Por cuanto queda expuesto, en virtud de lo previsto en artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los artículos 23.h)
y 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de
medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 9.1.12 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, y a propuesta de la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, previa deliberación del Consejo de
Gobierno en sesión celebrada el día 29 de marzo de 2023,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto y finalidad.
Este decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas a las inversiones
en activos materiales o inmateriales en la Comunidad Autónoma de Extremadura destinadas a la trasformación y comercialización de productos agrícolas, dentro de las actuaciones
incluidas en el Plan Estratégico de la Política Agraria Comunitaria de España 2023-2027 (en
adelante, PEPAC), intervención “6842.2 - Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/ o desarrollo de productos agroalimentarios”, financiadas en un 75% a través el
Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).