Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Agricultura. Ayudas. (2023040062)
Decreto 27/2023, de 29 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 84
Jueves 4 de mayo de 2023

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innovación, la seguridad laboral y la higiene industrial y mejoren los ratios de sostenibilidad
social y económica, especialmente con impacto positivo en el medio rural de las Comunidades
Autónomas.
A través de estas inversiones se contribuye a los siguientes objetivos específicos:
— Objetivo específico (OE2). Artículo 6.1. b) del Reglamento (UE) 2021/2115: “Mejorar
la orientación al mercado y aumentar la competitividad, en particular, haciendo mayor
hincapié en la investigación, la tecnología y la digitalización”.
— Objetivo específico (OE8). Artículo 6.1. h) del Reglamento (UE) 2021/2115: “Promover
el empleo, el crecimiento la inclusión social y el desarrollo local en las zonas rurales,
incluyendo la bioeconomía y la silvicultura sostenible”.
Para la Comunidad Autónoma de Extremadura, la industria agraria y alimentaria representa
uno de los principales pilares para el desarrollo económico de la Región.
La evolución de la industria agroalimentaria en Extremadura, compuesta principalmente de
microempresas, se han visto fuertemente afectada por la crisis derivada de la pandemia originada en 2019 por la COVID-19 y, sufre las consecuencias de la guerra en Ucrania, tanto por
el aumento de precios de la energía, como de las materias primas.
En este contexto, la industria agroalimentaria está experimentando una decisiva transformación hacia la digitalización y la sostenibilidad para afrontar los nuevos retos en cuanto al
cambio climático y adaptación a las nuevas tendencias del consumidor, encaminado a lograr
ser un sector más eficiente y sostenible en toda la cadena de valor.
Se considera, por tanto, necesario continuar apoyando a este sector para conseguir desarrollar al máximo sus potencialidades, contribuyendo así al desarrollo de la Región, reforzando el
crecimiento sostenible y el empleo.
En estas bases reguladoras, se han aplicado las previsiones del apartado 3 del artículo 14 de
la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estableciéndose los medios electrónicos para la presentación de las solicitudes
de uso obligatorio para todas las entidades interesadas.
Las empresas del sector agroalimentario, por su capacidad económica y técnica, tienen acceso
y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios para relacionarse con la Administración.
Además, están familiarizados con dichos sistemas, debido a que, para el ejercicio normal de
su actividad, deben disponer de los mismos para relacionarse con otros organismos públicos,
siendo este medio, por tanto, el más idóneo y ventajoso para ellas.