Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061528)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y la Fundación Jóvenes y Deporte, por el que se articula una transferencia específica con destino a esa Fundación, para la financiación del Programa "Promoción de la Igualdad en el Deporte", incluido en el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea Next-Generation EU".
36 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 83

28399

Miércoles 3 de mayo de 2023

Decimocuarta. Naturaleza jurídica del convenio.
El convenio estará sujeto a lo dispuesto en el Capítulo VI, del Título Preliminar, de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en los artículos 43 y 45
de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el año 2022.
La relación jurídica que se establece entre las partes firmantes del presente convenio, tiene
carácter público, sometiéndose a normas administrativas.
De conformidad con los dispuesto en el artículo 6.1.A de la Ley 9/2017, de 8 de Noviembre,
de Contratos del Sector Público por la que se trasponen al Ordenamiento Jurídico Español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero
de 2014 (RCL 2017, 1303), el convenio de colaboración que nos ocupa se encuentra excluido
del ámbito de aplicación de la mencionada Ley, regulándose por sus normas especiales. No
obstante, el procedimiento y los requisitos para la formalización de los contratos a celebrar
por la entidad beneficiaria para la ejecución de las actuaciones, deberán estar sujeto a la aplicación estricta de la Ley de Contratos del Sector Público.
Decimoquinta. Cuestiones litigiosas.
Las discrepancias surgidas sobre la interpretación y cumplimiento del presente convenio deberán someterse a lo que establezca la Comisión de Seguimiento. Si tras la intervención de
esta Comisión no se alcanzase un acuerdo, debido a la naturaleza jurídica administrativa
del convenio, las cuestiones litigiosas se resolverán en el orden jurisdiccional contenciosoadministrativo.
Y para que así conste, a los efectos oportunos, firman,

La Consejera de Cultura, Turismo y Deportes.
PD, Resolución de 26 de julio de 2019
(DOE N.º 146, de 30 de julio de 2019),
PEDRO ALVARADO RODRÍGUEZ

La Directora Gerente de la Fundación
Jóvenes y Deporte,
SONIA BEJARANO SÁNCHEZ