Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061528)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y la Fundación Jóvenes y Deporte, por el que se articula una transferencia específica con destino a esa Fundación, para la financiación del Programa "Promoción de la Igualdad en el Deporte", incluido en el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea Next-Generation EU".
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NÚMERO 83
Miércoles 3 de mayo de 2023

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e) Cualquier irregularidad que afecte a medidas bajo responsabilidad determinada en cualquier control desarrollado por autoridades nacionales o de la Unión Europea que impida
el retorno de fondos, implicará el reintegro correspondiente del importe del retorno no
percibido en relación con las actuaciones responsabilidad de la Fundación.
f) En el supuesto de que la Fundación Jóvenes y Deportes no facilite las funciones de seguimiento y control, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.2 del Real DecretoLey 36/2020, de 30 de diciembre, deberá reintegrar las cuantías percibidas.
g) Procederá el reintegro de las cantidades percibidas en el caso de incumplimiento del
principio de “no causar perjuicio significativo”, del etiquetado climático o de las condiciones recogidas en los apartados 3, 6 y 8 del componente 26 o en el anexo a la decisión
de ejecución del Consejo.
Décima. Comisión de Seguimiento.
Se establece una Comisión de Seguimiento que tendrá atribuidas competencias en orden al
control de las actividades que deben desarrollarse para la ejecución del presente convenio,
facilitar su interpretación e impulsar el cumplimiento del objeto del mismo.
La Comisión de Seguimiento estará integrada por dos representantes de cada una de las
partes firmantes. Por parte de la Administración, los dos miembros de la Comisión serán designados por la Consejera de Cultura, Turismo y Deportes; por parte de Fundación Jóvenes
y Deportes, los dos representantes serán nombrados por la Dirección Gerencia de la misma.
La presidencia de la Comisión y el cargo de secretario los ostentarán los representantes designados por la Dirección General de Deportes.
La Comisión de Seguimiento se reunirá cuando así lo solicite alguna de las dos partes firmantes.
Los acuerdos adoptados en el seno de la Comisión serán vinculantes para las partes, y su
incumplimiento tendrá los efectos previstos en la estipulación novena.
Las funciones de la Comisión de Seguimiento serán las siguientes:
a) Interpretar el presente convenio durante su ejecución e impulsar el cumplimiento del
objeto del mismo y de los demás extremos que figuran en las cláusulas precedentes.
b) Analizar y evaluar las actividades realizadas en cumplimiento del convenio.
c) Vigilar la ejecución de las actividades previstas en el convenio.