Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023061579)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental unificada para el proyecto de planta de gestión de residuos, en el término municipal de Villanueva de la Serena (Badajoz), cuyo titular es David Sierra Pajuelo.
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NÚMERO 83
Miércoles 3 de mayo de 2023

28505

— Características de las emisiones producidas por la actividad.
Ya se ha indicado y es obvio el carácter molesto de los olores que se genera en las operaciones de valorización de algunos de los residuos gestionados por la actividad.
— Características técnicas de la instalación, de los procesos tecnológicos y de las medidas
correctoras aplicadas.
Las características de los procesos que se llevan a cabo en la actividad, dificultan la aplicación de medidas correctoras eficientes. En la instalación todos los focos son difusos,
no confinados, lo que impide que puedan aplicarse medidas correctoras suficientemente
efectivas como para garantizar que la concentración de los contaminantes generados no
afectará a las viviendas e instalaciones circundantes, sobre todo cuando se encuentran
a distancia tan reducida.
— Características físicas del entorno inmediato de la instalación que puedan incrementar o
reducir la insalubridad o las molestias como topografía, hidrología, climatología o vientos dominantes, entre otras.
Las características físicas del entorno no contienen elementos que puedan reducir la
insalubridad o las molestias generadas por la actividad. Por otra parte, la importancia
de la dirección dominante de los vientos se ve minimizada cuando la distancia es tan
reducida.
— Calidad ambiental del área donde se desarrolla la actividad.
No se tiene constancia de que la zona en la que se desarrolla la actividad deba ser
objeto de espacial atención en relación con planes especiales de la calidad del aire y la
contaminación acústica.
— Proximidad de otras instalaciones o actividades que puedan aumentar la insalubridad y
las molestias.
No se tiene constancia de otras actividades similares, que puedan afectar a la calidad
ambiental en el entorno más cercano.
Quinto. Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 16.7 de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección
General de Sostenibilidad notificó propuesta de resolución a David Sierra Pajuelo y al Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, con fecha 29 de marzo de 2023, sin que se hayan recibido
alegaciones.