Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Federaciones Deportivas. (2023061667)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Dirección General de Deportes, por la que se aprueba el texto refundido del Reglamento Electoral de la Federación Extremeña de Fútbol, se autoriza su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura y se insta su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 83
Miércoles 3 de mayo de 2023
28491
2. El presidente tendrá la condición de miembro nato de la Asamblea General durante el período de su mandato, aunque pierda la representación inicial en la misma.
3. Procederá a elegir presidente en la primera sesión que celebre cada nueva Asamblea General.
Artículo 28. Presentación de candidaturas.
1. La candidatura a la presidencia deberá efectuarse mediante escrito dirigido a la Junta
Electoral Federativa, debiéndose hacer constar la filiación, domicilio completo y fecha de
nacimiento del interesado, así como su renuncia expresa y formal a la condición activa que
le hubiese legitimado como representante en la Asamblea General para el supuesto que
resultase elegido presidente, adjuntándose a referido escrito fotocopia del DNI.
2. La lista de candidaturas presentadas deberá obrar en poder de todos los miembros de la
Asamblea General con, al menos, cuarenta y ocho horas de antelación a la celebración de
las votaciones.
3. Si algún miembro de la Comisión Gestora presenta su candidatura a la presidencia deberá,
previa o simultáneamente, abandonar la citada Comisión.
Artículo 29. Asamblea General para la elección de Presidente.
1. Para que se proceda válidamente a la elección de presidente será necesaria la presencia en
el momento de iniciarse la misma de, al menos, la mitad más uno del total de los miembros
de la Asamblea General.
2. La presidencia de la sesión constitutiva de la Asamblea General se formará con los dos
asambleístas de más edad que actuarán como Presidente y Vicepresidente respectivamente, no pudiendo en ningún caso coincidir con los candidatos a la presidencia, desempeñando las funciones de Secretario quien ostente este cargo en la Junta Electoral de la
Federación Extremeña de Futbol.
3. Con carácter previo a la votación, cada candidato -por orden determinado previamente por
sorteo- expondrá su programa por un tiempo máximo de treinta minutos, sin que pueda
existir réplica, ni siquiera en el caso de alusiones.
4. Terminada la intervención de los candidatos, los miembros de la Asamblea General podrán
efectuarles preguntas. Finalizada la ronda de preguntas pasará a realizarse la votación.
Miércoles 3 de mayo de 2023
28491
2. El presidente tendrá la condición de miembro nato de la Asamblea General durante el período de su mandato, aunque pierda la representación inicial en la misma.
3. Procederá a elegir presidente en la primera sesión que celebre cada nueva Asamblea General.
Artículo 28. Presentación de candidaturas.
1. La candidatura a la presidencia deberá efectuarse mediante escrito dirigido a la Junta
Electoral Federativa, debiéndose hacer constar la filiación, domicilio completo y fecha de
nacimiento del interesado, así como su renuncia expresa y formal a la condición activa que
le hubiese legitimado como representante en la Asamblea General para el supuesto que
resultase elegido presidente, adjuntándose a referido escrito fotocopia del DNI.
2. La lista de candidaturas presentadas deberá obrar en poder de todos los miembros de la
Asamblea General con, al menos, cuarenta y ocho horas de antelación a la celebración de
las votaciones.
3. Si algún miembro de la Comisión Gestora presenta su candidatura a la presidencia deberá,
previa o simultáneamente, abandonar la citada Comisión.
Artículo 29. Asamblea General para la elección de Presidente.
1. Para que se proceda válidamente a la elección de presidente será necesaria la presencia en
el momento de iniciarse la misma de, al menos, la mitad más uno del total de los miembros
de la Asamblea General.
2. La presidencia de la sesión constitutiva de la Asamblea General se formará con los dos
asambleístas de más edad que actuarán como Presidente y Vicepresidente respectivamente, no pudiendo en ningún caso coincidir con los candidatos a la presidencia, desempeñando las funciones de Secretario quien ostente este cargo en la Junta Electoral de la
Federación Extremeña de Futbol.
3. Con carácter previo a la votación, cada candidato -por orden determinado previamente por
sorteo- expondrá su programa por un tiempo máximo de treinta minutos, sin que pueda
existir réplica, ni siquiera en el caso de alusiones.
4. Terminada la intervención de los candidatos, los miembros de la Asamblea General podrán
efectuarles preguntas. Finalizada la ronda de preguntas pasará a realizarse la votación.