Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Federaciones Deportivas. (2023061667)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Dirección General de Deportes, por la que se aprueba el texto refundido del Reglamento Electoral de la Federación Extremeña de Fútbol, se autoriza su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura y se insta su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 83
Miércoles 3 de mayo de 2023
28488
3. El acto de votación se efectuará acreditando el votante su condición ante el secretario que
anotará al margen del censo electoral que lo ha efectuado. A continuación, el votante entregará el voto al Presidente que lo introducirá en la urna añadiendo en voz alta la palabra
“Votó”.
4. A
efectos de facilitar la votación, se habilitará un modelo oficial de papeleta que, encabezada con la denominación del estamento, determinará el nombre y los dos apellidos de los
candidatos por la circunscripción electoral. Igualmente se pondrá a disposición del votante
un sobre con el nombre del estamento.
5. La votación se efectuará colocando el votante una cruz o aspa delante del nombre del
candidato.
6. S
erán consideradas nulas aquellas papeletas que:
a) No se ajusten al modelo establecido.
b) Incluyan más nombres que los candidatos existentes.
c) Contengan cualquier anotación no referida a la votación.
d) Efectúen votación a personas que no estén incluidas en la candidatura.
7. Llegada la hora de la conclusión de la votación, el presidente ordenará cerrar el lugar donde
se efectúe la votación, no permitiendo a partir de ese momento el acceso a ningún votante.
A continuación, procederán a realizar la votación las personas que se encuentren en la sala.
El orden de votación en este caso será el siguiente:
1º) Votantes que no lo hubieran efectuado y que se encuentren en la sala.
2º) Votos por correo.
3º) Interventores.
4º) Componentes de la Mesa Electoral por orden de vocal, secretario y presidente.
8. Finalizada la votación, el presidente de la Mesa Electoral procederá al escrutinio que será
público y de acuerdo al siguiente mecanismo:
1º) Se abrirán las puertas por si alguien quiere presenciarlo.
2º) Se desprecintarán las urnas y volcarán las papeletas.
Miércoles 3 de mayo de 2023
28488
3. El acto de votación se efectuará acreditando el votante su condición ante el secretario que
anotará al margen del censo electoral que lo ha efectuado. A continuación, el votante entregará el voto al Presidente que lo introducirá en la urna añadiendo en voz alta la palabra
“Votó”.
4. A
efectos de facilitar la votación, se habilitará un modelo oficial de papeleta que, encabezada con la denominación del estamento, determinará el nombre y los dos apellidos de los
candidatos por la circunscripción electoral. Igualmente se pondrá a disposición del votante
un sobre con el nombre del estamento.
5. La votación se efectuará colocando el votante una cruz o aspa delante del nombre del
candidato.
6. S
erán consideradas nulas aquellas papeletas que:
a) No se ajusten al modelo establecido.
b) Incluyan más nombres que los candidatos existentes.
c) Contengan cualquier anotación no referida a la votación.
d) Efectúen votación a personas que no estén incluidas en la candidatura.
7. Llegada la hora de la conclusión de la votación, el presidente ordenará cerrar el lugar donde
se efectúe la votación, no permitiendo a partir de ese momento el acceso a ningún votante.
A continuación, procederán a realizar la votación las personas que se encuentren en la sala.
El orden de votación en este caso será el siguiente:
1º) Votantes que no lo hubieran efectuado y que se encuentren en la sala.
2º) Votos por correo.
3º) Interventores.
4º) Componentes de la Mesa Electoral por orden de vocal, secretario y presidente.
8. Finalizada la votación, el presidente de la Mesa Electoral procederá al escrutinio que será
público y de acuerdo al siguiente mecanismo:
1º) Se abrirán las puertas por si alguien quiere presenciarlo.
2º) Se desprecintarán las urnas y volcarán las papeletas.