Consejería De Educación Y Empleo. Empleo. Ayudas. (2023050100)
Orden de 24 de abril de 2023 por la que se modifica la Orden de 9 de noviembre de 2020 por la que se regula el programa de ayudas a la innovación metodológica en materia de políticas de empleo.
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NÚMERO 83
Miércoles 3 de mayo de 2023

28261

Nueve. Se suprimen las letras e) y g) del apartado 1 del artículo 13 y se reenumera las letras
f) y h) del apartado 1 del artículo 13 que pasan a ser las letras e) y f) respectivamente.
Diez. Se modifica el apartado 6 del artículo 14, que queda redactado en los siguientes términos:
“6. El plazo máximo para resolver de forma expresa y notificar la resolución será de tres
meses, a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de
Extremadura.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado resolución expresa, ésta se entenderá
desestimatoria de la solicitud formulada, conforme a lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Con carácter previo a la resolución definitiva, la Comisión de Valoración hará pública una propuesta provisional con las puntuaciones de todos los expedientes presentados y no desistidos
y dará un plazo de 10 días hábiles para la presentación de alegaciones a las mencionadas
puntuaciones previamente a la elaboración de la propuesta definitiva. La propuesta provisional se publicará en la web extremaduratrabaja.juntaex.es o página que la sustituya”.
Once. Se modifica la letra c) del artículo 15, que queda redactado en los siguientes términos:
“c) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión y con
carácter previo al pago de la subvención, que se encuentra al corriente en el cumplimiento
de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y frente a la Seguridad Social.
La justificación de estar al corriente en las obligaciones tributarias, con la seguridad social
y no tener deudas con la Hacienda Autonómica será consultada o recabada de oficio por
la Administración, siempre que conste en el procedimiento el consentimiento expreso del
interesado. En otro caso, el interesado deberá presentar las certificaciones correspondientes, que tendrán validez durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha de expedición, salvo que reglamentariamente se establezca otro plazo”.
Doce. Se añade un nuevo apartado 3 al artículo 17, cuya redacción es la siguiente:
“3. Dentro de la duración del proyecto se incluirán los trabajos previos a la ejecución efectiva del mismo tales como contacto con agentes políticos, económicos y sociales del ámbito
de actuación del proyecto, difusión pública del proyecto, contratación y formación, en su
caso, del personal necesario para su ejecución, etc.. En ningún caso, el tiempo dedicado a
estas cuestiones podrá exceder de 1 mes.