Consejería De Educación Y Empleo. Empleo. Ayudas. (2023050100)
Orden de 24 de abril de 2023 por la que se modifica la Orden de 9 de noviembre de 2020 por la que se regula el programa de ayudas a la innovación metodológica en materia de políticas de empleo.
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NÚMERO 83
Miércoles 3 de mayo de 2023
28260
No obstante, la entidad podrá oponerse a que el Servicio Extremeño Público de Empleo
consulte de oficio dichos datos y documentos, marcando la casilla correspondiente en el
“Anexo I”, en cuyo caso deberá aportarlos”.
Seis. Se modifica el apartado 8 del artículo 8, que queda redactado en los siguientes términos:
“El órgano gestor de la ayuda recabará de oficio los datos relativos a hallarse al corriente
con sus obligaciones fiscales y tributarias con el Estado, con la Seguridad Social y no tener
deudas con la Hacienda Autonómica cuando se autorice expresamente marcando la casilla
correspondiente en el anexo I, en caso de no autorizarse expresamente deberá aportar los
correspondientes certificados que acrediten estos extremos”.
Siete. Se modifica el artículo 9, que queda redactado en los siguientes términos:
“La cuantía de las subvenciones será de 30.000 € por proyecto para los grupos de acción
local y para las entidades sin ánimo de lucro privadas con personalidad jurídica propia. En
el caso de Diputaciones Provinciales, la cuantía de las subvenciones será de 120.000 euros
por proyecto”.
Ocho. Se modifica la letra b) del apartado 1 del artículo 13, que queda redactado en los siguientes términos:
“b) Adecuación a las estrategias del territorio en materia de empleo: 30 puntos.
1. Si el proyecto pretende trabajar con colectivos de personas desempleadas no considerados prioritarios en la estrategia de empleo del territorio ni en la Estrategia de
Empleo y Competitividad Empresarial de Extremadura 2020-2025: 10 puntos.
2. Si el proyecto pretende trabajar con colectivos de personas desempleadas no considerados prioritarios en la estrategia de empleo del territorio pero sí en la Estrategia
de Empleo y Competitividad Empresarial de Extremadura 2020-2025: 20 puntos.
3. Si el proyecto pretende trabajar con colectivos de personas desempleadas considerados prioritarios en la estrategia de empleo del territorio pero no en la Estrategia de
Empleo y Competitividad Empresarial de Extremadura 2020-2025: 20 puntos.
4. Si el proyecto pretende trabajar con colectivos de personas desempleadas o considerados prioritarios en la estrategia de empleo del territorio y en la Estrategia de
Empleo y Competitividad Empresarial de Extremadura 2020-2025: 30 puntos.
Sólo se podrá puntuar en uno de los cuatro apartados anteriores”.
Miércoles 3 de mayo de 2023
28260
No obstante, la entidad podrá oponerse a que el Servicio Extremeño Público de Empleo
consulte de oficio dichos datos y documentos, marcando la casilla correspondiente en el
“Anexo I”, en cuyo caso deberá aportarlos”.
Seis. Se modifica el apartado 8 del artículo 8, que queda redactado en los siguientes términos:
“El órgano gestor de la ayuda recabará de oficio los datos relativos a hallarse al corriente
con sus obligaciones fiscales y tributarias con el Estado, con la Seguridad Social y no tener
deudas con la Hacienda Autonómica cuando se autorice expresamente marcando la casilla
correspondiente en el anexo I, en caso de no autorizarse expresamente deberá aportar los
correspondientes certificados que acrediten estos extremos”.
Siete. Se modifica el artículo 9, que queda redactado en los siguientes términos:
“La cuantía de las subvenciones será de 30.000 € por proyecto para los grupos de acción
local y para las entidades sin ánimo de lucro privadas con personalidad jurídica propia. En
el caso de Diputaciones Provinciales, la cuantía de las subvenciones será de 120.000 euros
por proyecto”.
Ocho. Se modifica la letra b) del apartado 1 del artículo 13, que queda redactado en los siguientes términos:
“b) Adecuación a las estrategias del territorio en materia de empleo: 30 puntos.
1. Si el proyecto pretende trabajar con colectivos de personas desempleadas no considerados prioritarios en la estrategia de empleo del territorio ni en la Estrategia de
Empleo y Competitividad Empresarial de Extremadura 2020-2025: 10 puntos.
2. Si el proyecto pretende trabajar con colectivos de personas desempleadas no considerados prioritarios en la estrategia de empleo del territorio pero sí en la Estrategia
de Empleo y Competitividad Empresarial de Extremadura 2020-2025: 20 puntos.
3. Si el proyecto pretende trabajar con colectivos de personas desempleadas considerados prioritarios en la estrategia de empleo del territorio pero no en la Estrategia de
Empleo y Competitividad Empresarial de Extremadura 2020-2025: 20 puntos.
4. Si el proyecto pretende trabajar con colectivos de personas desempleadas o considerados prioritarios en la estrategia de empleo del territorio y en la Estrategia de
Empleo y Competitividad Empresarial de Extremadura 2020-2025: 30 puntos.
Sólo se podrá puntuar en uno de los cuatro apartados anteriores”.