Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Federaciones Deportivas. (2023061584)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Dirección General de Deportes, por la que se aprueba el texto refundido del Estatuto de la Federación Extremeña de Fútbol, se autoriza su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura y se insta su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 82

28108

Martes 2 de mayo de 2023

2. Son obligaciones, también básicas:
a) Concurrir, cuando sean formalmente citados para ello, a las reuniones, salvo que lo impidan razones de fuerza mayor.
b) Desempeñar, en la medida de lo posible, las comisiones que se le encomienden.
c) Colaborar lealmente en la gestión federativa guardando, cuando fuera menester, el secreto sobre las deliberaciones.
d) Las demás que se determinen por vía reglamentaria.
TÍTULO II
Estructura Orgánica de los Órganos de Gobierno y Representación
Artículo 13. Los órganos de gobierno y representación de la Federación Extremeña de Fútbol
son:
a) La Asamblea General.
b) El Presidente
c) La Junta Directiva
d) Comité Ejecutivo.
CAPÍTULO I
La Asamblea General
Artículo 14. La Asamblea General es el órgano supremo y de alto gobierno de la Federación
Extremeña de Fútbol y a ella corresponde la función normativa y adoptar las directrices de la
política federativa.
Artículo 15. La Asamblea General estará compuesta por cincuenta miembros que representaran a las Asociaciones deportivas o clubes, jugadores, árbitros y entrenadores, correspondiente a cada Estamento, distribuidos proporcionalmente según indique el Reglamento Electoral.
En la composición del estamento de Clubs deberán estar representadas todas las categorías
en las que existan entidades deportivas dependientes de la Federación Extremeña de Fútbol,
en la forma que se establezca en el correspondiente reglamento.