Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Federaciones Deportivas. (2023061584)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Dirección General de Deportes, por la que se aprueba el texto refundido del Estatuto de la Federación Extremeña de Fútbol, se autoriza su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura y se insta su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 82
Martes 2 de mayo de 2023

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4) Incurrir en algunas de las causas de inelegibilidad que enumera el artículo anterior.
5) Incompatibilidad, sobrevenida, de las establecidas legal o estatutariamente para el cargo de que se trate.
Artículo 10. Las Entidades Deportivas adquirirán la condición de miembros afiliados a la Federación al efectuar y tramitar su inscripción en la Federación Extremeña de Fútbol.
Las Entidades Deportivas causaran baja cuando caduque la inscripción o voluntariamente soliciten su baja o sean expulsadas o inhabilitadas mediante expediente disciplinario.
Los deportistas, técnicos, jueces y árbitros adquirirán la condición de miembros afiliados a la
Federación Extremeña de Fútbol al suscribir la oportuna licencia federativa de la misma.
Perderán la condición de miembros de la Federación Extremeña de Fútbol, por caducidad de
la licencia, baja voluntaria, o inhabilitación o expulsión mediante procedimiento disciplinario.
Artículo 11. El periodo de mandato de quienes resulten elegidos para ocupar cargo en la
Federación Extremeña de Fútbol será de cuatro años, debiendo coincidir la elección con los
años olímpicos. La elección de dichos miembros se efectuará mediante sufragio libre, directo
y secreto entre todos los miembros de los distintos estamentos afiliados. En el supuesto de
que, por cualquier circunstancia, no pudieran cumplirlo íntegramente el que ocupe la vacante
lo hará por tiempo igual al que restase por cumplir al sustituido.
Artículo 12.
1. Son derechos básicos de los miembros federativos:
a) Tomar parte en las deliberaciones, expresando libremente sus opiniones en cuantas
cuestiones sean objeto de tratamiento o debate en el seno del órgano del que sean
miembros y ejercer su derecho al voto, haciendo constar en su caso, si lo desean, el
particular razonado que emitan.
b) Intervenir en las tareas federativas propias del cargo o función que ostenten, cooperando en la gestión que compete al órgano al que pertenecen.
c) Conocer el contenido de las actas de las sesiones del órgano del que forman parte.
d) Los demás que, reglamentariamente, se establezcan.