Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Federaciones Deportivas. (2023061584)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Dirección General de Deportes, por la que se aprueba el texto refundido del Estatuto de la Federación Extremeña de Fútbol, se autoriza su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura y se insta su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 82
Martes 2 de mayo de 2023
28113
Asimismo, el presidente podrá crear un Gabinete de Presidencia y nombrar cuantos asesores
de la Junta Directiva o de la Presidencia estime conveniente para auxiliarles en sus funciones.
Artículo 34. El Comité Ejecutivo estará compuesto por el Presidente, al menos Dos Vicepresidentes, el Tesorero, aquellos vocales de la Junta Directiva, nombrados por el Presidente, y el
Secretario General de la Federación.
Artículo 35. Los cargos de la Junta Directiva, del Comité Ejecutivo y asesores tendrán una
duración de cuatro años, salvo separación por el presidente y tras posterior ratificación por la
Asamblea General. Cualquier cargo de la Junta Directiva, asesor y Comité Ejecutivo podrán
ser remunerados, bien por una asignación económica en gastos, bien por contrato laboral o
prestación de Servicios.
Artículo 36. Corresponden a la Junta Directiva las siguientes funciones:
1) Estudiar y redactar las ponencias que hayan de someterse a la Asamblea.
2) Fijar la convocatoria del orden del día de las Asambleas.
3) Elaborar los presupuestos.
4) Presentar la liquidación del presupuesto del año anterior.
5) Elaborar el programa y calendario de actividades.
6) Elaborar los reglamentos y bases de competición.
7) Efectuar los nombramientos que estatutariamente le corresponda.
8) Y todos aquellos que no sean de la exclusiva competencia de la Asamblea General y del
presidente.
Artículo 37. La Junta Directiva se reunirá, cuantas veces sea necesario, correspondiendo su
convocatoria al Presidente que deberá hacerlo, al menos, con cuarenta y ocho horas de antelación y acompañada del orden del día.
No obstante, quedará válidamente constituida, aún sin haberse cumplido los requisitos de
convocatoria, si concurren todos sus miembros y así lo acuerdan por unanimidad.
Además, las reuniones de la Junta Directiva podrán realizarse de manera telemática.
Sus acuerdos serán adoptados por la mayoría de sus miembros. En caso de empate, el voto
del Presidente será dirimente.
Martes 2 de mayo de 2023
28113
Asimismo, el presidente podrá crear un Gabinete de Presidencia y nombrar cuantos asesores
de la Junta Directiva o de la Presidencia estime conveniente para auxiliarles en sus funciones.
Artículo 34. El Comité Ejecutivo estará compuesto por el Presidente, al menos Dos Vicepresidentes, el Tesorero, aquellos vocales de la Junta Directiva, nombrados por el Presidente, y el
Secretario General de la Federación.
Artículo 35. Los cargos de la Junta Directiva, del Comité Ejecutivo y asesores tendrán una
duración de cuatro años, salvo separación por el presidente y tras posterior ratificación por la
Asamblea General. Cualquier cargo de la Junta Directiva, asesor y Comité Ejecutivo podrán
ser remunerados, bien por una asignación económica en gastos, bien por contrato laboral o
prestación de Servicios.
Artículo 36. Corresponden a la Junta Directiva las siguientes funciones:
1) Estudiar y redactar las ponencias que hayan de someterse a la Asamblea.
2) Fijar la convocatoria del orden del día de las Asambleas.
3) Elaborar los presupuestos.
4) Presentar la liquidación del presupuesto del año anterior.
5) Elaborar el programa y calendario de actividades.
6) Elaborar los reglamentos y bases de competición.
7) Efectuar los nombramientos que estatutariamente le corresponda.
8) Y todos aquellos que no sean de la exclusiva competencia de la Asamblea General y del
presidente.
Artículo 37. La Junta Directiva se reunirá, cuantas veces sea necesario, correspondiendo su
convocatoria al Presidente que deberá hacerlo, al menos, con cuarenta y ocho horas de antelación y acompañada del orden del día.
No obstante, quedará válidamente constituida, aún sin haberse cumplido los requisitos de
convocatoria, si concurren todos sus miembros y así lo acuerdan por unanimidad.
Además, las reuniones de la Junta Directiva podrán realizarse de manera telemática.
Sus acuerdos serán adoptados por la mayoría de sus miembros. En caso de empate, el voto
del Presidente será dirimente.