Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Agenda Digital. Subvenciones. (2023040078)
Extracto del Decreto 29/2023, de 29 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 82
Martes 2 de mayo de 2023

27921

2. L
 a finalidad del programa de ayudas es la ejecución parcial de la inversión I2 “Acciones de
refuerzo de conectividad en centros de referencia, motores socioeconómicos y proyectos
tractores de digitalización sectorial” de la componente 15 “Componente digital, impulso a
la ciberseguridad y despliegue del 5G” del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que incluye acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros
logísticos (Programa UNICO-Industria y empresas).
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 29/2023, de 29 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la
conectividad en polígonos industriales y centros logísticos y otras áreas de alta concentración
empresarial en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba
la única convocatoria.
Cuarto. Cuantía.
1. La intensidad máxima de la ayuda será del 80 por ciento del coste de todos los conceptos
subvencionables. El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía,
que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos,
supere el coste de la actividad subvencionada. La cuantía máxima de las ayudas por línea
de actuación será:
a) Línea operadores:
La cuantía máxima de subvención para esta línea será de 3.850.000 €. Para esta línea
de actuación, se definen 3 zonas geográficas de actuación con las siguientes cuantías
máximas asignadas:


— Zona Cáceres Norte: 1.000.000 €.



— Zona Cáceres Sur: 1.000.000 €.



— Zona Badajoz: 1.850.000 €.

b) Línea empresas:
La cuantía máxima por solicitante será de 15.000 euros independientemente del número
de centros, fábricas, naves o dependencias que tenga ubicadas en las zonas elegibles
(zonas blancas NGA).
La cuantía máxima de subvención para esta línea será de 357.500 €.