Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Agenda Digital. Subvenciones. (2023040078)
Extracto del Decreto 29/2023, de 29 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 82
Martes 2 de mayo de 2023

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2. El importe de la convocatoria asciende a cuatro millones doscientos siete mil quinientos
euros (4.207.500 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 140110000/332A/77000, código fondo MR05C15I02, inversión I2 “Acciones de refuerzo de conectividad en centros de
referencia, motores socioeconómicos y proyectos tractores de digitalización sectorial”, de
la componente 15 “Componente digital, impulso a la ciberseguridad y despliegue del 5G”,
proyecto de gasto 20220217, “Ayudas refuerzo de la conectividad en polígonos industriales
y centros logísticos”, previsto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el ejercicio 2023. El crédito asignado por anualidades para cada línea
de actuación será el siguiente:
Línea operadores:
— Anualidad 2023: 3.850.000 €.
Línea empresas:
— Anualidad 2023: 357.500 €.
3. Para el aumento de hasta un 20 por ciento de los créditos presupuestarios imputados o
para una distribución distinta entre los proyectos y posiciones presupuestarias recogidas en
el presente decreto de ayudas, se estará a lo dispuesto en los artículos 23.2 h) y 39.3 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo. No obstante, deberá también atenderse a lo regulado en
apartado 4 del artículo 11 del Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre.
Quinto. Plazo y presentación de solicitudes.
1. Línea operadores:
El plazo de presentación de las solicitudes acogidas a la línea operadores será de 1 mes,
a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria junto con su extracto, en
el Diario Oficial de Extremadura, (DOE) (http://doe.juntaex.es/) de conformidad con lo
previsto en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Línea empresas:
El plazo de presentación de las solicitudes acogidas a la línea empresas será de 2 meses,
a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria junto con su extracto, en
el Diario Oficial de Extremadura, (DOE) (http://doe.juntaex.es/) de conformidad con lo
previsto en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.