Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Agenda Digital. Subvenciones. (2023040064)
Decreto 29/2023, de 29 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 82
Martes 2 de mayo de 2023
27845
Europea o el Tribunal de Cuentas Europeo, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable a la gestión de las ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios, aportando para ello cuanta información le sea requerida.
h) Prestar colaboración y a facilitar cuanta documentación les sea requerida por los órganos competentes de la Junta de Extremadura.
i) Autorizar la cesión de datos cuando sea necesario, así como a aportar todas las declaraciones responsables que se exijan por las autoridades competentes, conforme a la
normativa nacional y europea en cumplimiento de las obligaciones exigibles en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el Reglamento (UE) 2021/241.
Al ser programas de ayudas desarrollados en el marco del Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia (MRR) son obligaciones para el destinatario último, el registro de sus datos
en una base de datos única propuesta por el estado miembro, así como la sujeción a los
controles llevados a cabo por los organismos europeos: Comisión Europea, Oficina de
Lucha contra el Fraude, Tribunal de Cuentas Europeo y Fiscalía Europea.
j) Comunicar a la Dirección General con competencias en agenda digital de la Consejería
con competencias en agenda digital, la existencia de cualquier ayuda para el mismo fin.
k) Comunicar a la Dirección General con competencias en agenda digital, las incidencias
relativas al expediente de concesión en el momento en que las mismas se produzcan.
Esta comunicación deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes, y en todo caso con
anterioridad a la finalización del plazo de ejecución.
l)
Recabar la autorización de la Dirección General con competencias en agenda digital, con carácter previo a la realización de cualquier modificación de las actuaciones
subvencionadas.
m) Los destinatarios últimos que no sea personas físicas deberán mantener un sistema de
contabilidad separada, o un código contable diferenciado que recoja adecuadamente
todas las transacciones relacionadas con la actuación objeto de ayuda. Asimismo, deberán disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos en
los términos exigidos por la legislación aplicable a la persona beneficiaria, así como las
facturas y demás justificantes de gasto de valor probatorio equivalente y los correspondientes justificantes de pago.
Martes 2 de mayo de 2023
27845
Europea o el Tribunal de Cuentas Europeo, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable a la gestión de las ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios, aportando para ello cuanta información le sea requerida.
h) Prestar colaboración y a facilitar cuanta documentación les sea requerida por los órganos competentes de la Junta de Extremadura.
i) Autorizar la cesión de datos cuando sea necesario, así como a aportar todas las declaraciones responsables que se exijan por las autoridades competentes, conforme a la
normativa nacional y europea en cumplimiento de las obligaciones exigibles en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el Reglamento (UE) 2021/241.
Al ser programas de ayudas desarrollados en el marco del Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia (MRR) son obligaciones para el destinatario último, el registro de sus datos
en una base de datos única propuesta por el estado miembro, así como la sujeción a los
controles llevados a cabo por los organismos europeos: Comisión Europea, Oficina de
Lucha contra el Fraude, Tribunal de Cuentas Europeo y Fiscalía Europea.
j) Comunicar a la Dirección General con competencias en agenda digital de la Consejería
con competencias en agenda digital, la existencia de cualquier ayuda para el mismo fin.
k) Comunicar a la Dirección General con competencias en agenda digital, las incidencias
relativas al expediente de concesión en el momento en que las mismas se produzcan.
Esta comunicación deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes, y en todo caso con
anterioridad a la finalización del plazo de ejecución.
l)
Recabar la autorización de la Dirección General con competencias en agenda digital, con carácter previo a la realización de cualquier modificación de las actuaciones
subvencionadas.
m) Los destinatarios últimos que no sea personas físicas deberán mantener un sistema de
contabilidad separada, o un código contable diferenciado que recoja adecuadamente
todas las transacciones relacionadas con la actuación objeto de ayuda. Asimismo, deberán disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos en
los términos exigidos por la legislación aplicable a la persona beneficiaria, así como las
facturas y demás justificantes de gasto de valor probatorio equivalente y los correspondientes justificantes de pago.