Consejería De Educación Y Empleo. Red De Escuelas De I+d+i. (2023050098)
Orden de 19 de abril de 2023 por la que se establece la convocatoria para la incorporación de centros educativos sostenidos con fondos públicos de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura a las Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible.
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NÚMERO 81
Viernes 28 de abril de 2023

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c) Realizar una propuesta sobre los objetivos y las líneas básicas de actuación de la modalidad de red correspondiente.
d) Realizar una propuesta de estrategias y procedimientos de coordinación de la modalidad
de red correspondiente.
e) A
 nalizar y valorar las solicitudes y toda la documentación relativa a la incorporación de
los centros docentes que solicitan la incorporación mediante convocatoria publicada a
tal efecto.
f) Elaborar un informe propuesta, cuando proceda, de incorporación de nuevos centros a
redes.
g) Analizar el trabajo realizado por los centros educativos, a partir de la documentación
exigida a los mismos.
h) E
 laborar un informe debidamente argumentado y justificado, si procediera, sobre la
baja de los centros adscritos a la modalidad de red correspondiente, por no cumplir con
los compromisos establecidos en este decreto y en las respectivas convocatorias.
i) Estudiar las experiencias desarrolladas en los centros educativos adscritos a la modalidad de red correspondiente, así como el material desarrollado, y proponer su publicación
y divulgación a la Comisión de Coordinación y Seguimiento.
j) Ponderar los informes de evaluación anuales presentados por los centros educativos
como favorables o desfavorables, y elevar las conclusiones debidamente justificadas, a
la Comisión de Coordinación y Seguimiento.
k) Confeccionar un informe anual, en referencia a la evaluación de la modalidad de red
correspondiente, así como la posible ampliación de éstas, en cuanto a número o cupo
de centros participantes en cada modalidad.
l) Elaborar propuestas, cuando procediera, en referencia a la asignación de un distintivo
especial a aquellos centros que hayan cubierto con excelencia los objetivos planteados.
4. Asimismo, dichas unidades tendrán la responsabilidad de elevar a la Comisión de Coordinación y Seguimiento, todos los informes, propuestas, estrategias y procedimientos, que
emanen de las acciones referidas en el punto 3 de este artículo.
5. El personal integrante de estas unidades de apoyo, con el visto bueno de la Jefa de Servicio de Innovación y Formación del Profesorado, se reunirá al inicio y al final de cada curso
escolar para coordinar su trabajo, unificar criterios de actuación e informes que deban ele-