Consejería De Educación Y Empleo. Red De Escuelas De I+d+i. (2023050098)
Orden de 19 de abril de 2023 por la que se establece la convocatoria para la incorporación de centros educativos sostenidos con fondos públicos de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura a las Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible.
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NÚMERO 81
Viernes 28 de abril de 2023

27662

g) Elaborar un informe sobre la propuesta definitiva de creación de nuevas Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible, o sobre la modificación de las existentes en informe motivado y debidamente justificado de su necesidad y conveniencia,
previo acuerdo recogido en acta de sesión, a petición de las Unidades de Apoyo, de la
comunidad educativa o de agentes externos a ésta.
h) E
 stablecer las demandas de formación que se incorporarán al Plan Regional de Formación Permanente del Profesorado, así como las propuestas formativas de los órganos o
entidades implicadas en las redes, referidos en el punto 6 de este mismo artículo.
i) Valorar las propuestas presentadas desde las Unidades de Apoyo, en referencia a la asignación de un distintivo especial a aquellos centros que hayan cubierto con excelencia los
objetivos planteados.
j) Valorar aquellas propuestas que fueran trasladadas desde las Unidades de Apoyo sobre
posibles publicaciones y divulgación de buenas prácticas desarrolladas en los centros
educativos adscritos a las redes.
k) Asesorar técnicamente a las Unidades de Apoyo en la modalidad correspondiente, cada
vez que sea necesario en la atribución de sus funciones.
l) Confeccionar un listado sobre la participación de instituciones, entidades y/o agentes externos, sin ánimo de lucro, que estén relacionados específicamente con cualquiera de las
redes, en función de las necesidades detectadas. La propuesta de participación deberá
estar motivada y reflejarse en el acta de la sesión celebrada.
3. Asimismo, dicha comisión tendrá la responsabilidad de elevar al Director General de Innovación e Inclusión Educativa, todos los informes, propuestas, estrategia y procedimientos,
que emanen de las acciones referidas en el punto 2 de este artículo.
4. L
 a Comisión de Coordinación y Seguimiento se reunirá al inicio y final de cada curso escolar
y, de forma extraordinaria, cuantas veces sea necesario en la atribución de sus funciones,
convocada por orden de quien ostente su presidencia. En estas sesiones, se levantará acta
y se valorarán los informes presentados por las Unidades de Apoyo. Así mismo, se llevará
a cabo la elaboración de informes motivados y debidamente justificados, referentes a las
cuestiones de su competencia y toma de decisiones respecto a los aspectos que le competen. De dicha documentación se dará traslado al titular del órgano con competencias en
materia de redes, para la toma de decisiones.
5. U
 na vez finalizadas las actuaciones de la comisión, la persona que ostente la presidencia
deberá remitir al Servicio de Innovación y Formación del Profesorado el expediente com-