Consejería De Educación Y Empleo. Red De Escuelas De I+d+i. (2023050098)
Orden de 19 de abril de 2023 por la que se establece la convocatoria para la incorporación de centros educativos sostenidos con fondos públicos de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura a las Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible.
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NÚMERO 81
Viernes 28 de abril de 2023
27661
— Los órganos especificados en el apartado 6 de este artículo, previa convocatoria de la
Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, podrán proponer a una persona
responsable técnica que será nombrada por el Director General de Innovación e Inclusión Educativa.
— El Jefe de la Unidad de Programas Educativos de la provincia de Badajoz
— El Jefe de la Unidad de Programas Educativos de la provincia de Cáceres
c) Secretaría: Una persona funcionaria de la Dirección General de Innovación e Inclusión
Educativa, designada por el Director General de Innovación e Inclusión Educativa.
2. La Comisión de Coordinación y Seguimiento tendrá las siguientes atribuciones:
a) Evaluar los objetivos y las líneas básicas de actuación de cada modalidad de red, a partir del seguimiento sobre el funcionamiento de las mismas, así como las estrategias y
procedimientos de coordinación de la modalidad de red correspondiente.
b) Confeccionar las estrategias y procedimientos de coordinación de la modalidad de Red
correspondiente.
c) Analizar y valorar los informes elaborados por las Unidades de Apoyo con las solicitudes
de incorporación de centros educativos a las distintas modalidades de redes.
d) Ponderar la continuidad de los centros educativos adscritos a las redes, a partir de los
informes de las Unidades de Apoyo, tras la revisión del proyecto de Redes de aquellos
centros que hayan finalizado el período de tres años, o en su caso, la baja de aquellos
centros que no hayan cumplido con los compromisos establecidos en la orden de convocatoria, o que en la revisión del Proyecto de Redes no aporten nada nuevo a lo ya
trabajado en fases anteriores a propuesta motivada de las Unidades de Apoyo.
e) E
laborar un informe motivado y debidamente justificado de su necesidad y conveniencia, previo acuerdo recogido en el acta de sesión que hubieran elaborado, para la
incorporación de centros de las Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo
Sostenible.
f) Analizar los informes elaborados por las Unidades de Apoyo, en referencia a la evaluación
de la modalidad de Red correspondiente, así como la posible ampliación o modificación
de las existentes de estas redes, en cuanto a número o cupo de centros participantes en
cada modalidad.
Viernes 28 de abril de 2023
27661
— Los órganos especificados en el apartado 6 de este artículo, previa convocatoria de la
Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, podrán proponer a una persona
responsable técnica que será nombrada por el Director General de Innovación e Inclusión Educativa.
— El Jefe de la Unidad de Programas Educativos de la provincia de Badajoz
— El Jefe de la Unidad de Programas Educativos de la provincia de Cáceres
c) Secretaría: Una persona funcionaria de la Dirección General de Innovación e Inclusión
Educativa, designada por el Director General de Innovación e Inclusión Educativa.
2. La Comisión de Coordinación y Seguimiento tendrá las siguientes atribuciones:
a) Evaluar los objetivos y las líneas básicas de actuación de cada modalidad de red, a partir del seguimiento sobre el funcionamiento de las mismas, así como las estrategias y
procedimientos de coordinación de la modalidad de red correspondiente.
b) Confeccionar las estrategias y procedimientos de coordinación de la modalidad de Red
correspondiente.
c) Analizar y valorar los informes elaborados por las Unidades de Apoyo con las solicitudes
de incorporación de centros educativos a las distintas modalidades de redes.
d) Ponderar la continuidad de los centros educativos adscritos a las redes, a partir de los
informes de las Unidades de Apoyo, tras la revisión del proyecto de Redes de aquellos
centros que hayan finalizado el período de tres años, o en su caso, la baja de aquellos
centros que no hayan cumplido con los compromisos establecidos en la orden de convocatoria, o que en la revisión del Proyecto de Redes no aporten nada nuevo a lo ya
trabajado en fases anteriores a propuesta motivada de las Unidades de Apoyo.
e) E
laborar un informe motivado y debidamente justificado de su necesidad y conveniencia, previo acuerdo recogido en el acta de sesión que hubieran elaborado, para la
incorporación de centros de las Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo
Sostenible.
f) Analizar los informes elaborados por las Unidades de Apoyo, en referencia a la evaluación
de la modalidad de Red correspondiente, así como la posible ampliación o modificación
de las existentes de estas redes, en cuanto a número o cupo de centros participantes en
cada modalidad.