Diputación Provincial De Cáceres. Tributos. (2023ED0013)
Edicto de 17 de abril de 2023 sobre el Convenio entre el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria y la Mancomunidad Integral Sierra de San Pedro para la delegación de la gestión recaudatoria de los derechos económicos de carácter público de la mancomunidad.
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NÚMERO 81
Viernes 28 de abril de 2023
27798
4. Las reclamaciones presentadas por los contribuyentes, en relación con la devolución de
cantidades indebidamente pagadas, serán objeto de formalización de expediente que resolverá el órgano competente del OARGT, ordenando, en su caso, se retenga y pague con
cargo a los ingresos obtenidos de la recaudación de la mancomunidad.
Octava. Intercambio de información mediante transmisión de datos.
Por los Servicios Informáticos del OARGT y de la mancomunidad se establecerán las medidas
informáticas necesarias para tener acceso a la remisión de información, consultas, etc.
Novena. Gestión de la seguridad de la información y protección de datos.
1. L
os datos y ficheros que conteniendo datos de carácter personal sean facilitados por la
mancomunidad, o por terceros autorizados por éste, serán incorporados a ficheros automatizados titularidad del OARGT, consintiendo expresamente, mediante la firma del presente, el tratamiento automatizado de los mismos.
2. U
na vez incorporados los datos a los sistemas de información que tratan los ficheros de su
titularidad, el OARGT pasará a ser considerado Encargado del Tratamiento, siendo la finalidad del tratamiento la prestación de los servicios encomendados y la adecuada gestión y
ejercicio de las competencias delegadas.
3. El OARGT se compromete a adoptar e implantar las medidas de seguridad técnica y organizativa que correspondan de conformidad a su Política de Seguridad de la Información en
cumplimiento de la vigente normativa de protección de datos.
4. La mancomunidad designará el personal de su Organización que, previa obtención de una
clave asignada por el OARGT de acuerdo a su Política de Seguridad de la Información y Protección de Datos, podrá acceder a la base de datos e intercambiar información o ficheros
con datos de carácter personal por medios electrónicos o físicos con personal del OARGT,
exclusivamente en los términos que constan en el presente Convenio.
5. La mancomunidad mantendrá actualizado el listado de personas autorizadas para acceso a
bases de datos, comunicando las variaciones que pudieran producirse a través del procedimiento para la gestión de usuarios y formularios aprobados por el OARGT.
6. El personal designado está obligado al más estricto y completo sigilo respecto de los datos de carácter personal, económico o fiscal tratados, tanto si afecta a personas físicas o
jurídicas o a las entidades del artículo 35 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria, aun después de extinguido el Convenio.
Viernes 28 de abril de 2023
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4. Las reclamaciones presentadas por los contribuyentes, en relación con la devolución de
cantidades indebidamente pagadas, serán objeto de formalización de expediente que resolverá el órgano competente del OARGT, ordenando, en su caso, se retenga y pague con
cargo a los ingresos obtenidos de la recaudación de la mancomunidad.
Octava. Intercambio de información mediante transmisión de datos.
Por los Servicios Informáticos del OARGT y de la mancomunidad se establecerán las medidas
informáticas necesarias para tener acceso a la remisión de información, consultas, etc.
Novena. Gestión de la seguridad de la información y protección de datos.
1. L
os datos y ficheros que conteniendo datos de carácter personal sean facilitados por la
mancomunidad, o por terceros autorizados por éste, serán incorporados a ficheros automatizados titularidad del OARGT, consintiendo expresamente, mediante la firma del presente, el tratamiento automatizado de los mismos.
2. U
na vez incorporados los datos a los sistemas de información que tratan los ficheros de su
titularidad, el OARGT pasará a ser considerado Encargado del Tratamiento, siendo la finalidad del tratamiento la prestación de los servicios encomendados y la adecuada gestión y
ejercicio de las competencias delegadas.
3. El OARGT se compromete a adoptar e implantar las medidas de seguridad técnica y organizativa que correspondan de conformidad a su Política de Seguridad de la Información en
cumplimiento de la vigente normativa de protección de datos.
4. La mancomunidad designará el personal de su Organización que, previa obtención de una
clave asignada por el OARGT de acuerdo a su Política de Seguridad de la Información y Protección de Datos, podrá acceder a la base de datos e intercambiar información o ficheros
con datos de carácter personal por medios electrónicos o físicos con personal del OARGT,
exclusivamente en los términos que constan en el presente Convenio.
5. La mancomunidad mantendrá actualizado el listado de personas autorizadas para acceso a
bases de datos, comunicando las variaciones que pudieran producirse a través del procedimiento para la gestión de usuarios y formularios aprobados por el OARGT.
6. El personal designado está obligado al más estricto y completo sigilo respecto de los datos de carácter personal, económico o fiscal tratados, tanto si afecta a personas físicas o
jurídicas o a las entidades del artículo 35 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria, aun después de extinguido el Convenio.