Consejería De Educación Y Empleo. Centros Especiales De Empleo. (2023040076)
Decreto 36/2023, de 19 de abril, por el que se regula la calificación y el registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 79
Miércoles 26 de abril de 2023
26949
f. Si las personas trabajadoras con discapacidad no prestan su consentimiento o existen
dificultades técnicas que impidan a la Administración obtener la información quedará
obligado a presentarlas.
g. Copia de la comunicación del contrato/s al correspondiente Servicio Público de Empleo
de las personas trabajadoras contratadas por el Centro Especial de Empleo. cuando se
oponga expresamente en la solicitud a que sea consultado de oficio, en formato electrónico (pdf).
h. “Anexo de autorización del trabajador o trabajadora para el acceso a datos personales”,
firmado por cada uno de las personas trabajadoras con discapacidad que forman parte
de la plantilla del Centro Especial de Empleo, disponible en el punto de acceso general
electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es dentro del correspondiente trámite, así como en la web https://extremaduratrabaja.juntaex.es.
i. Informe original expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, relativo a la
vida laboral de la entidad desde la fecha de la resolución de calificación como Centro
Especial de Empleo cuando se oponga expresamente en la solicitud a que sea consultado
de oficio, en formato electrónico (pdf).
j. Cuando las entidades calificadas como Centro Especial de Empleo contraten la prestación
de servicios de ajuste personal y social a entidades sin ánimo de lucro especificadas en
el artículo 3 se presentará copia de dicho contrato.
2. E
n virtud del artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y del artículo 25 de la Ley
4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura,
las entidades solicitantes no tendrán que aportar aquellos documentos necesarios en el
procedimiento, que ya obren en poder de la Administración, debiendo cumplimentar el
correspondiente apartado del formulario solicitud, indicando, en qué momento y ante qué
órgano administrativo presentó tales documentos.
Artículo 14. Registro de Centros Especiales de Empleo, Libro de Inscripciones y actos inscribibles.
1. El Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura
formalizará la calificación e inscripción en un Libro de Inscripciones, cuyo contenido será
público.
2. El Libro de Inscripciones se establece por un procedimiento informático. Los asientos serán extendidos de forma sucinta y recogerán: denominación, fecha de inscripción, número
de inscripción, NIF, CNAE, forma jurídica, actividades, domicilio social, teléfono y correo
electrónico.
Miércoles 26 de abril de 2023
26949
f. Si las personas trabajadoras con discapacidad no prestan su consentimiento o existen
dificultades técnicas que impidan a la Administración obtener la información quedará
obligado a presentarlas.
g. Copia de la comunicación del contrato/s al correspondiente Servicio Público de Empleo
de las personas trabajadoras contratadas por el Centro Especial de Empleo. cuando se
oponga expresamente en la solicitud a que sea consultado de oficio, en formato electrónico (pdf).
h. “Anexo de autorización del trabajador o trabajadora para el acceso a datos personales”,
firmado por cada uno de las personas trabajadoras con discapacidad que forman parte
de la plantilla del Centro Especial de Empleo, disponible en el punto de acceso general
electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es dentro del correspondiente trámite, así como en la web https://extremaduratrabaja.juntaex.es.
i. Informe original expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, relativo a la
vida laboral de la entidad desde la fecha de la resolución de calificación como Centro
Especial de Empleo cuando se oponga expresamente en la solicitud a que sea consultado
de oficio, en formato electrónico (pdf).
j. Cuando las entidades calificadas como Centro Especial de Empleo contraten la prestación
de servicios de ajuste personal y social a entidades sin ánimo de lucro especificadas en
el artículo 3 se presentará copia de dicho contrato.
2. E
n virtud del artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y del artículo 25 de la Ley
4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura,
las entidades solicitantes no tendrán que aportar aquellos documentos necesarios en el
procedimiento, que ya obren en poder de la Administración, debiendo cumplimentar el
correspondiente apartado del formulario solicitud, indicando, en qué momento y ante qué
órgano administrativo presentó tales documentos.
Artículo 14. Registro de Centros Especiales de Empleo, Libro de Inscripciones y actos inscribibles.
1. El Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura
formalizará la calificación e inscripción en un Libro de Inscripciones, cuyo contenido será
público.
2. El Libro de Inscripciones se establece por un procedimiento informático. Los asientos serán extendidos de forma sucinta y recogerán: denominación, fecha de inscripción, número
de inscripción, NIF, CNAE, forma jurídica, actividades, domicilio social, teléfono y correo
electrónico.