Consejería De Educación Y Empleo. Centros Especiales De Empleo. (2023040076)
Decreto 36/2023, de 19 de abril, por el que se regula la calificación y el registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 79
Miércoles 26 de abril de 2023

26946

Artículo 11. Cambio de titularidad de un Centro Especial de Empleo.
1. L
 as solicitudes de cambio de titularidad de un Centro Especial de Empleo calificado, serán
presentadas por la nueva entidad, en el plazo máximo de dos meses desde que se produjo
la sucesión empresarial, mediante el formulario de cambio de titularidad, disponible en el
punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es dentro del correspondiente trámite, así como en la web https://extremaduratrabaja.juntaex.
es, al que acompañará la documentación detallada en el artículo 9 del presente decreto.
El anexo se presentará obligatoriamente a través del Registro Electrónico General ubicado
en la sede electrónica https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf, dirigiéndose a la Consejería con competencias en materia de empleo.
2. L
 a resolución favorable del cambio de titularidad del expediente de calificación, requerirá
que ambas entidades, subrogante y subrogada, cumplan todas las condiciones y requisitos
que se establecen en el presente decreto para ser calificada e inscrita, debiendo asumir la
nueva titular del expediente los derechos y obligaciones que se deriven o puedan derivarse
de la concesión de la calificación.
3. P
 ara garantizar la eficacia de la inscripción registral derivada de este cambio de titularidad, la nueva entidad deberá acreditar en el plazo de 1 mes desde la notificación de la
resolución de cambio de titularidad, la puesta en funcionamiento del mismo, aportando la documentación siguiente a través del Registro Electrónico General de la Junta de
Extremadura(https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf):
a. Autorizaciones y licencias de los organismos competentes que resulten necesarias para
la apertura y funcionamiento de la empresa o centro, de la actividad o actividades a
desarrollar y por cada centro de trabajo de que se trate (pdf).
b. Comunicación de apertura del centro o centros de trabajo a Inspección de Trabajo y
Seguridad Social (pdf).
c. Alta de la empresa en el Impuesto de Actividades Económicas y Código CNAE de la actividad o actividades económicas a las que se dedica o va a dedicarse el Centro Especial
de Empleo en el caso de que la entidad no se oponga a que el órgano gestor lo solicite
de oficio, mediante la firma de la casilla correspondiente en el modelo de solicitud (pdf).
d. Relación de personas trabajadoras afectadas por la sucesión empresarial y documentos
por los que se acuerde la subrogación de los contratos de trabajo objeto de subvención
debidamente firmados por empresario y trabajador/es, y comunicados al correspondiente Servicio Público de Empleo (pdf).