Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061439)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Tendido de cable de fibra Foadk 80 en L/3078-23-Trujillo de la ST "Cáceres"", a realizar en los términos municipales de Cáceres, La Cumbre y Trujillo (Cáceres), cuya promotora es I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA22/0147.
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NÚMERO 78
Martes 25 de abril de 2023
26844
• En la creación de nuevos accesos a construir y/o a acondicionar, los movimientos de
tierra y la anchura de las trazas deben ser las mínimas necesarias, puntuales y justificadas, afectando lo imprescindible a la vegetación natural.
• Se evitará la corta de arbolado. En caso de ser imprescindible, se deberá cumplir
con lo establecido en el Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regula
la realización de determinadas actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y los Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias
Forestales y de Montes Protectores de Extremadura.
• Se llevarán a cabo todas las medidas preventivas y correctoras propuestas en el Estudio de Impacto Ambiental.
• La promotora instalará y mantendrá durante toda la vida útil de la línea, una caja nido
de cemento corcho polivalente por apoyo. Deberán contar con sistemas de antidepredación (incluidas chapas perimetrales de 0,5 m de altura para evitar la muerte por depredadores trepadores). La promotora se responsabilizará de su mantenimiento para
garantizar su funcionalidad, siendo necesaria su reposición cuando se deterioren. Los
resultados de ocupación se incluirán en el PVA anual.
• Se realizará un seguimiento de la mortalidad de avifauna por colisión y electrocución
provocada por la línea por un período de 3 años. La frecuencia del seguimiento será
mensual durante el primer año, trimestral durante el segundo año y semestral durante el tercer año, salvo que se detecte una elevada mortalidad en los seguimientos
del año anterior, en cuyo caso la Dirección General de Sostenibilidad establecerá una
frecuencia diferente.
— Con fecha de 19 de octubre de 2022, el Servicio de Ordenación del Territorio emite informe en el que indica que no se detecta afección sobre ningún Plan Territorial ni Proyecto
de Interés Regional con aprobación definitiva (Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del
Suelo y Ordenación del Territorio de Extremadura, con modificaciones posteriores). Asimismo, no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial general (Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan
Especial de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de Interés
Regional) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística
sostenible de Extremadura, en vigor desde el 27 de junio de 2019.
— Con fecha de 03 de noviembre de 2022, la Dirección General de Salud Pública comunica
que, una vez revisada la documentación, emite informe favorable al respecto.
— Con fecha de 14 de noviembre de 2022, la Demarcación de Carreteras del Estado en
Extremadura emite informe en el que indica que las actuaciones previstas constituyen
Martes 25 de abril de 2023
26844
• En la creación de nuevos accesos a construir y/o a acondicionar, los movimientos de
tierra y la anchura de las trazas deben ser las mínimas necesarias, puntuales y justificadas, afectando lo imprescindible a la vegetación natural.
• Se evitará la corta de arbolado. En caso de ser imprescindible, se deberá cumplir
con lo establecido en el Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regula
la realización de determinadas actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y los Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias
Forestales y de Montes Protectores de Extremadura.
• Se llevarán a cabo todas las medidas preventivas y correctoras propuestas en el Estudio de Impacto Ambiental.
• La promotora instalará y mantendrá durante toda la vida útil de la línea, una caja nido
de cemento corcho polivalente por apoyo. Deberán contar con sistemas de antidepredación (incluidas chapas perimetrales de 0,5 m de altura para evitar la muerte por depredadores trepadores). La promotora se responsabilizará de su mantenimiento para
garantizar su funcionalidad, siendo necesaria su reposición cuando se deterioren. Los
resultados de ocupación se incluirán en el PVA anual.
• Se realizará un seguimiento de la mortalidad de avifauna por colisión y electrocución
provocada por la línea por un período de 3 años. La frecuencia del seguimiento será
mensual durante el primer año, trimestral durante el segundo año y semestral durante el tercer año, salvo que se detecte una elevada mortalidad en los seguimientos
del año anterior, en cuyo caso la Dirección General de Sostenibilidad establecerá una
frecuencia diferente.
— Con fecha de 19 de octubre de 2022, el Servicio de Ordenación del Territorio emite informe en el que indica que no se detecta afección sobre ningún Plan Territorial ni Proyecto
de Interés Regional con aprobación definitiva (Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del
Suelo y Ordenación del Territorio de Extremadura, con modificaciones posteriores). Asimismo, no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial general (Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan
Especial de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de Interés
Regional) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística
sostenible de Extremadura, en vigor desde el 27 de junio de 2019.
— Con fecha de 03 de noviembre de 2022, la Dirección General de Salud Pública comunica
que, una vez revisada la documentación, emite informe favorable al respecto.
— Con fecha de 14 de noviembre de 2022, la Demarcación de Carreteras del Estado en
Extremadura emite informe en el que indica que las actuaciones previstas constituyen