Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061439)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Tendido de cable de fibra Foadk 80 en L/3078-23-Trujillo de la ST "Cáceres"", a realizar en los términos municipales de Cáceres, La Cumbre y Trujillo (Cáceres), cuya promotora es I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA22/0147.
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NÚMERO 78
Martes 25 de abril de 2023
26843
vación y recuperación de las especies amenazadas presentes. En todo caso, no se
realizarán las actuaciones entre el 1 de marzo y el 15 de julio, ambos incluidos, por
ser el período más sensible para la comunidad de aves esteparias.
• En el caso de que fuera necesario instalar elementos antiposada o antinidificación en
las crucetas de los apoyos, éstos no serán de tipo aguja o paraguas.
• Se gestionará adecuadamente la tierra vegetal para su uso posterior en las tareas
de restauración de las superficies alteradas, especialmente en zanjas o si se generan
taludes o cúmulos de tierra. Estas actuaciones se llevarán a cabo paralelamente a la
fase de construcción.
• Se prohíbe el decapado de la superficie de actuación.
• Si durante la realización de las actividades se detectara la presencia de alguna especie
incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001;
DOE n.º 30, de 13 de marzo de 2001) que pudiera verse afectada por los mismos,
se estará a lo dispuesto por la coordinación de los agentes de la Unidad Territorial
de Vigilancia número 8 (coordinacionutv8@juntaex.es) y/o el personal técnico de la
Dirección General en materia de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas,
previa comunicación de tal circunstancia.
• Se deberá prestar atención a no ocasionar molestias a la fauna presente en la zona,
teniendo especial cuidado en el caso de especies catalogadas y durante las épocas de
reproducción y cría de la avifauna, respetando siempre las distancias de seguridad
pertinentes y cualquier indicación que realice la coordinación de los agentes de la
Unidad Territorial de Vigilancia número 8 (coordinacionutv8@juntaex.es).
• Se adoptarán las medidas adecuadas para evitar la contaminación del agua por posibles vertidos de residuos peligrosos, estableciendo áreas específicas acondicionadas
para las actividades que puedan causar más riesgo, como puede ser el cambio de
aceite de la maquinaria o vehículos empleados.
• Con el fin de minimizar la ocupación del suelo y la afección a la vegetación, se balizará
y señalizará la zona de obras antes del inicio de éstas. Las áreas situadas fuera de la
franja delimitada como zona de afección, se considerarán zonas restringidas al paso
y movimientos de maquinaria.
• Para la ubicación del parque temporal de maquinaria u otras ocupaciones temporales
durante la obra, se respetarán las zonas adyacentes bien conservadas, sin afectar a
los Hábitats de Interés Comunitario presentes, seleccionando preferentemente áreas
degradadas.
Martes 25 de abril de 2023
26843
vación y recuperación de las especies amenazadas presentes. En todo caso, no se
realizarán las actuaciones entre el 1 de marzo y el 15 de julio, ambos incluidos, por
ser el período más sensible para la comunidad de aves esteparias.
• En el caso de que fuera necesario instalar elementos antiposada o antinidificación en
las crucetas de los apoyos, éstos no serán de tipo aguja o paraguas.
• Se gestionará adecuadamente la tierra vegetal para su uso posterior en las tareas
de restauración de las superficies alteradas, especialmente en zanjas o si se generan
taludes o cúmulos de tierra. Estas actuaciones se llevarán a cabo paralelamente a la
fase de construcción.
• Se prohíbe el decapado de la superficie de actuación.
• Si durante la realización de las actividades se detectara la presencia de alguna especie
incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001;
DOE n.º 30, de 13 de marzo de 2001) que pudiera verse afectada por los mismos,
se estará a lo dispuesto por la coordinación de los agentes de la Unidad Territorial
de Vigilancia número 8 (coordinacionutv8@juntaex.es) y/o el personal técnico de la
Dirección General en materia de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas,
previa comunicación de tal circunstancia.
• Se deberá prestar atención a no ocasionar molestias a la fauna presente en la zona,
teniendo especial cuidado en el caso de especies catalogadas y durante las épocas de
reproducción y cría de la avifauna, respetando siempre las distancias de seguridad
pertinentes y cualquier indicación que realice la coordinación de los agentes de la
Unidad Territorial de Vigilancia número 8 (coordinacionutv8@juntaex.es).
• Se adoptarán las medidas adecuadas para evitar la contaminación del agua por posibles vertidos de residuos peligrosos, estableciendo áreas específicas acondicionadas
para las actividades que puedan causar más riesgo, como puede ser el cambio de
aceite de la maquinaria o vehículos empleados.
• Con el fin de minimizar la ocupación del suelo y la afección a la vegetación, se balizará
y señalizará la zona de obras antes del inicio de éstas. Las áreas situadas fuera de la
franja delimitada como zona de afección, se considerarán zonas restringidas al paso
y movimientos de maquinaria.
• Para la ubicación del parque temporal de maquinaria u otras ocupaciones temporales
durante la obra, se respetarán las zonas adyacentes bien conservadas, sin afectar a
los Hábitats de Interés Comunitario presentes, seleccionando preferentemente áreas
degradadas.